Muchas personas desconocen que tramitar el permiso de construcción en la alcaldía no es una obligación exclusiva para las grandes obras comerciales y residenciales. En San Pedro Sula, muchas construcciones se catalogan como ilegales por no tener el debido permiso cuyo costo equivale al 1% del valor del proyecto.
¿Qué es el permiso de construcción para obras complementarias? Es la autorización municipal emitida por la Dirección de Edificaciones y Permisos de Construcción para la ejecución de obras con mínima complejidad estructural como son: ampliaciones menores a 25.00 metros cuadrados, cambio de piso, reparaciones de paredes, pisos, techos y cielo falso, cambio de cubierta de techo hasta 25.00 metros cuadrados en viviendas. Cercos menores de tres metros de altura, indistintamente del material, remodelaciones de fachada menores a 25.00 metros cuadrados.
Se exceptúan para la solicitud de permisos de construcción, las obras de carácter ligero, entre las que se mencionan: reparación de pisos, construcción de pilas, reparación de muros y cielos falsos sin incluir la estructura, repellos en general, pintura en general, puertas, ventanas, closet, molduras y en todos aquellos elementos decorativos, tratamientos superficiales y toda actividad en la que no se afecte el aspecto exterior o fachadas de construcciones existentes, así como, la distribución, el uso y los elementos estructurales de la edificación.
Se exceptúan para la solicitud de permisos de construcción mediante obra complementaria (Express): las obras que presenten instalaciones hidrosanitarias, debido a que las mismas requieren aprobación por parte de Gerencia de ambiente
REQUISITOS
1. Formulario F-01 firmado y con información completa
2. Copia del documento de identidad del propietario o representante legal. (En caso tenga dos o más propietarios, debe presentar copia del documento de identidad y firma en el Formulario F-01 de cada uno)
3. Copia de la escritura pública del inmueble o compra-venta inscrita en el Instituto de la Propiedad, Contrato privado de promesa de venta debidamente autenticado por un Notario o Constancia de legalización de tierras ante la Municipalidad de San Pedro Sula
4. Solvencia Municipal vigente del propietario(s) y/o representante legal
5. Solvencia Municipal vigente del profesional(es) responsable(s) del proyecto
6. Copia de recibo de pago del Impuesto de Bienes Inmuebles y Servicios Públicos (Solvente)
7. Si es arrendatario debe presentar copia del contrato de arrendamiento, el cual deberá contener la autorización expresa del propietario del inmueble para realizar el trámite y las mejoras al inmueble que se solicitan mediante el formulario F-01, mismo que deberá estar debidamente autenticado por un notario. (En caso aplique)
8. Cuando el solicitante sea una sociedad o comerciante individual: Copia de la escritura de constitución de sociedad o comerciante individual. (Poder de representación del solicitante), y Copia del R.T.N. de la sociedad y/o del representante legal.

Planos a presentar requeridos: (Dos juegos de planos, [Original y copia]. Todos los planos debidamente firmados, sellados y timbrados por el profesional planificador de la obra [En caso aplique], Formato tabloide mínimo):
1. Plano de localización. (Acotado, identificando avenidas y calles circundantes. [Croquis]. Colocar número catastral e indicar Norte).
2. Plano de conjunto. (Acotado según medidas de la escritura pública o documento privado de compra-venta, integrando los lotes que conforman el proyecto e indicando colindancias).
3. Plano de planta arquitectónica. (Amueblada, indicar las plazas de estacionamiento existentes y propuestas).
4. Plano de planta constructiva. (Indicando retiros de las edificaciones respecto a los límites de propiedad).
5. Plano de instalaciones sanitarias. (Agua potable, aguas negras y aguas pluviales y sus detalles, en caso aplique).
6. Plano de cimentación y estructurales. (Muros de contención, losas, pavimentos, soporte, techos, detalles, en caso aplique).
7. Planos eléctricos, telefonía, red y otros. (En caso aplique).
8. Plano de elevaciones y secciones. (Cortes y fachadas).
Para muchos expertos, el trámite es muy engorroso y tardío para ser obras complementarias y menores. La multa aplicada por la alcaldía equivale al 2% del valor de la obra.
