San Pedro Sula, Honduras.
¿Es de las personas que le encanta la velocidad y rebasar los límites o salir el fin de semana para tomarse unos tragos? Tenga mucho ciudado, el nuevo Código Penal establece penas de prisión de seis (6) meses a tres (3) años para este tipo de conductores.
Las nuevas disposiciones están en el artículo 323 del Código Penal donde se establece como conducción temeraria: 'Quien conduce un vehículo automotor con temeridad manifiesta y pone en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, debe ser castigado con las penas de prisión de seis (6) meses a tres (3) años y privación del derecho de conducción de vehículos automotores por tiempo de uno (1) hasta seis (6) años.
Entre los incisos de este artículo se expresa que es conducción temeraria: 1) Conducir superando en más de la mitad, el límite de velocidad permitido reglamentariamente en cada tipo de calzada; 2) Conducir bajo los efectos de
drogas tóxicas, sustancias psicotrópicas o
bebidas alcohólicas; o, ser castigado con las penas previstas en el artículo anterior, en sus respectivos supuestos.
Los cambios en esta nueva ley, la cual entratará en vigencia el 8 de noviembre, estipulan penas con cárcel para quienes la infrinjan.
'En la Ley de Tránsito no se penaliza ninguna acción porque es administrativa, solo se establece la suspensión de la licencia. Ya existía en el código viejo la figura de homicidio culposo agravado, que es cuando el conductor mata en un accidente de tránsito a otro y este anda en estado de ebriedad, pero esta figura de la conducción temeraria es nueva', dijo Gerson Velásquez, director nacional de Vialidad y Transporte a LA PRENSA.
Velásques dijo que ellos realizan operativos en las carreteras y disponen de radares para la detección de velocidad. 'Es factible poder identificar esa velocidad en los conductores; sin embargo, es bastante fuerte, hay que socializarla y analizar cuánto será la velocidad en cada tramo en concreto porque en la ciudad hay tramos que están abajo de los 40 kilómetros por hora'.
Expresa que pagarán con cárcel quienes conduzcan hasta en la mitad de límite de velocidad permitido, por ejemplo si de es 80, la mitad es 40, entonces quien vaya arriba de 120 kilómetros por hora irá a prisión y se le suspenderá la licencia.
El director nacional de Vialidad y Transporte expresó que se dieron cuenta de esto con la publicación del código y no fue socializado, pero lo que les toca es aplicarla, aunque formarán comisiones para reunirse con el Congreso y ver cómo se establecen los parámetros.
'Tendría que reglamentarse para gradualizar el tema del alcohol en la sangre, los parámetros de cuándo es embriaguez manifiesta, igual el consumo de drogas. También en el tercer inciso habla de las normas más elementales, tendría que ver cuáles si y cuales no. Para mi por ejemplo una norma elemental es cruzarse un semáforo en rojo, pero por eso ¿vamos a meter a la cárcel alguien por eso?. En términos generales es una legislación nueva y como organización lo que toca es aplicarla'.
¿Es de las personas que le encanta la velocidad y rebasar los límites o salir el fin de semana para tomarse unos tragos? Tenga mucho ciudado, el nuevo Código Penal establece penas de prisión de seis (6) meses a tres (3) años para este tipo de conductores.
Las nuevas disposiciones están en el artículo 323 del Código Penal donde se establece como conducción temeraria: 'Quien conduce un vehículo automotor con temeridad manifiesta y pone en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, debe ser castigado con las penas de prisión de seis (6) meses a tres (3) años y privación del derecho de conducción de vehículos automotores por tiempo de uno (1) hasta seis (6) años.
1.8
Millones
De vehículos y motocicletas circulan en Honduras, según las estadísticas de la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte.
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Los cambios en esta nueva ley, la cual entratará en vigencia el 8 de noviembre, estipulan penas con cárcel para quienes la infrinjan.
'En la Ley de Tránsito no se penaliza ninguna acción porque es administrativa, solo se establece la suspensión de la licencia. Ya existía en el código viejo la figura de homicidio culposo agravado, que es cuando el conductor mata en un accidente de tránsito a otro y este anda en estado de ebriedad, pero esta figura de la conducción temeraria es nueva', dijo Gerson Velásquez, director nacional de Vialidad y Transporte a LA PRENSA.
Velásques dijo que ellos realizan operativos en las carreteras y disponen de radares para la detección de velocidad. 'Es factible poder identificar esa velocidad en los conductores; sin embargo, es bastante fuerte, hay que socializarla y analizar cuánto será la velocidad en cada tramo en concreto porque en la ciudad hay tramos que están abajo de los 40 kilómetros por hora'.
Para saber
Cuatro personas mueren a diario en accidentes de carreteras en Honduras, la mayoría provocadas por exceso de velocidad, por lo que las autoridades llevan a cabo campañas de concientización.
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Esta disposición obliga a señalizar todas las carreteras del país para dejar establecido el límite de velocidad.
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El director nacional de Vialidad y Transporte expresó que se dieron cuenta de esto con la publicación del código y no fue socializado, pero lo que les toca es aplicarla, aunque formarán comisiones para reunirse con el Congreso y ver cómo se establecen los parámetros.
'Tendría que reglamentarse para gradualizar el tema del alcohol en la sangre, los parámetros de cuándo es embriaguez manifiesta, igual el consumo de drogas. También en el tercer inciso habla de las normas más elementales, tendría que ver cuáles si y cuales no. Para mi por ejemplo una norma elemental es cruzarse un semáforo en rojo, pero por eso ¿vamos a meter a la cárcel alguien por eso?. En términos generales es una legislación nueva y como organización lo que toca es aplicarla'.