Migrantes retornados podrán acceder a exoneraciones desde el 28 de agosto
Conozca el procedimiento, requisitos y beneficios de la ley que exonera de impuestos a los migrantes hondureños retornados.
- Actualizado: 13 de julio de 2026 a las 15:47 -
La ley aprobada por el Congreso Nacional y publicada en el diario oficial La Gaceta, que exonera del pago de impuestos a los migrantes retornados, ya sea de forma voluntaria o por deportación, para la importación de menaje de hogar, maquinaria de trabajo y vehículos de uso particular o laboral, establece un procedimiento específico para acceder a estos beneficios.
La legislación dispone que los hondureños retornados podrán introducir al país bienes por un valor de hasta 150,000 dólares (3,988,909.50 lempiras, según el tipo de cambio de referencia), libres del pago de aranceles e impuestos por concepto de menaje de hogar y enseres domésticos.
Asimismo, autoriza la importación de herramientas e implementos de trabajo por un monto de hasta 100,000 dólares (2,659,273 lempiras al tipo de cambio actual), siempre que estén destinados a actividades productivas o emprendimientos.
El decreto también permite importar un vehículo de uso particular y otro de trabajo por grupo familiar. Ambos deberán cumplir con la documentación requerida para su ingreso al país. La disposición contempla un plazo de hasta dos años para importar los automotores, incluidos los modelos fabricados en 2010 o años anteriores, mediante el pago único de 10,000 lempiras.
La normativa crea la Ventanilla Única del Retorno (VUR), integrada por la Administración Aduanera de Honduras; la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (Sefin), a través de la Unidad de Franquicias Aduaneras; el Instituto Nacional de Migración (INM), y el Instituto de la Propiedad (IP), mediante el Registro Vehicular.
A través de esta plataforma podrán realizarse en línea trámites como la Declaración Jurada de Domicilio en Honduras, la solicitud de exención, la Declaración Única Centroamericana (DUCA), el despacho aduanero y el registro vehicular con la anotación de inalienabilidad. La ley también habilita el uso de la firma electrónica y permite que los trámites sean gestionados mediante poder consular o documento apostillado.
Antes del arribo al país, el solicitante deberá presentar una lista valorada de los bienes que ingresará, una constancia consular de residencia y el pasaporte o historial migratorio. Posteriormente, la Sefin emitirá la dispensa correspondiente en el sistema y se presentará la Declaración Única Centroamericana (DUCA).
El plazo para acogerse a los beneficios será de hasta 12 meses a partir de la fecha de retorno para la importación del menaje de hogar y de hasta 12 meses para el ingreso de herramientas e implementos de trabajo, contados desde el ingreso al territorio nacional.
Durante los primeros 18 meses de vigencia de la ley, la Ventanilla Única del Retorno dará prioridad a las personas deportadas o en condición de vulnerabilidad, así como a familias con niñas, niños y adolescentes, mujeres jefas de hogar y personas con discapacidad, mediante una ventanilla preferente.
Para la aplicación de la Ley Especial de Facilitación del Retorno y Protección del Patrimonio de las Personas Migrantes Hondureñas y sus Familias, la Administración Aduanera de Honduras trabaja en el reglamento correspondiente, el cual estará listo antes del 28 de agosto. A partir de esa fecha, los migrantes retornados podrán solicitar este beneficio fiscal, aprobado en mayo de 2026. Para más información, los interesados pueden escribir al correo jayala@aduanas.gob.hn, contacto de Alejandro Ayala, de la Administración Aduanera.