"Las zedes están derogadas": Rasel Tomé

La aseveración del diputado Rasel Tomé es correcta, pero engañosa, debido a que las zede fueron derogadas, pero su sanción no ratificada en el período indicado

Foto: LA PRENSA

Rasel Tomé, diputado de Libre y vicepresidente del Congreso Nacional.

mié 8 de noviembre de 2023

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Rasel Tomé, diputado del Partido Libertad y Refundación (Libre) y vicepresidente del Congreso Nacional, aseveró que la Ley de Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (zede) fue derogada por la Asamblea Legislativa.

"Las zedes están derogadas", afirmó Tomé el miércoles 8 de noviembre de 2023 en su cuenta de X (antes Twitter).

La afirmación de que las zede están derogadas es correcta. La derogación de la reforma constitucional que avaló la creación de las Zede se aprobó en la sesión legislativa ordinaria del jueves 21 de abril de 2022 por los 128 diputados (por unanimidad), pero a su vez es ENGAÑOSA, porque para que la derogación constitucional sea absoluta, debe ser ratificada en la subsiguiente legislatura, cuyo periodo ordinario de sesiones venció el 31 de octubre pasado, tal como manda la Constitución de la República en su artículo 373.

“Dejen de Mentir. Las ZEDES son esa parte de la historia que ha quedado atrás, ese engendro del mal creado por la narco dictadura. Que llenaron de vergüenza la nación, cuando ustedes iban por el mundo ofreciendo vender el país en PEDAZOS. Nosotros el @PartidoLibre nos comprometimos con el pueblo en derogar esa ley que nos llenaba de ignominia a los patriotas, ya le cortamos la cabeza a ese engendro, que les quede claro NUNCA más estará a la venta nuestra nación. Quieren crear ese relato falso. Pero lo que esta de fondo de todo esto es el miedo, que tienen a la justicia porque saben que están hasta los ojos en actos de corrupción”, escribió Tomé en X.

Artículo 373 de la Constitución de la República: “La reforma de esta Constitución podrá decretarse por el Congreso Nacional, EN SESIONES ORDINARIAS, con dos tercios de los votos de la totalidad de sus miembros. El decreto señalará al efecto el artículo o artículos que hayan de reformarse, DEBIENDO RATIFICARSE POR LA SUBSIGUIENTE LEGISLATURA ORDINARIA, por igual número de votos, PARA QUE ENTRE EN VIGENCIA.”

Cabe recordar, que la noche del 31 de octubre recién pasado, se produjo un enfrentamiento violento entre activistas denominados “Colectivos de Libre” quienes arrinconaron a los diputados de la oposición para no dejarlos entrar al hemiciclo legislativo, y desde adentro del Congreso, la junta directiva les impidió el acceso cerrando con llave y candados las puertas. En ese hecho, el diputado Antonio Rivera Callejas terminó ensangrentado a causa de una herida en la cabeza.

Análisis

LA RATIFICACIÓN A LA DEROGATORIA NO LE COMPETE A LA COMISIÓN PERMANENTE

El equipo de LA PRENSA Verifica indagó en las atribuciones que la Constitución le confiere a la Comisión Permanente del Congreso Nacional, que encabeza el presidente de ese poder estatal, Luis Redondo, para determinar si la Carta Magna le atribuye la potestad de ratificar una derogatoria de reforma constitucional, en sustitución del pleno de diputados dado que finalizó el periodo ordinario, una derogatoria, en este caso, la que pone punto final a la Ley de las Zede.

Tras consultar al abogado penalista Óliver Erazo y al revisar lo que dice el artículo 208 de la Constitución que establece las atribuciones de la Comisión Permanente se enumeran en una lista de 15 atribuciones, pero en ninguna figura, tal como constató LA PRENSA Verifica y como lo explicó Erazo, la facultad de ratificar reformas constitucionales.

Antecedente

“El artículo 373 es claro. Para que una reforma constitucional sea expulsada del texto constitucional debe de ser ratificada por el pleno de 128 diputados en la sesión ordinaria subsiguiente. En aras de una interpretación que se hizo en el período del profesor Rafael Pineda Ponce, subsiguiente es sinónimo de siguiente”, puntualizó Erazo.

Erazo añadió que “lo que están haciendo los del partido Libre, que creen que con un comunicado van a derogar, o que la Comisión Permanente tiene facultades, es estar mintiéndole al pueblo, a tal punto que a través de su cuenta de X, el diputado de Libre Jorge Cálix, les dijo que eso era incorrecto, que hagan las cosas bien hecha”.

El constitucionalista considera que “la ratificación aún puede hacerse, en vista que los diputados en oposición se auto convocaron y realizaron la sesión en la que prorrogaron el periodo de sesiones ordinarias. La sesión fue única y exclusivamente para prorrogar. Entonces, lo que el diputado Redondo debe de hacer es someterse a la prórroga que ya está aprobada y convocar a una sesión ordinaria porque el periodo ya fue extendido”.

Como antecedente a una ratificación constitucional no lograda, figura el caso de la Policía Militar, a la que los diputados de la bancada del Partido Nacional del Congreso pasado pretendieron darle rango constitucional. En sesión del 24 de enero de 2015, y con una votación de 67 votos en contra y 61 a favor fue desestimado el decreto 283-2013que daría rango constitucional a la Policía Militar.

Atribuciones de la comisión

Al conformarse la comisión, tomó como una de sus atribuciones ratificar el decreto de derogación de la Ley de las Zede.

Tras analizar, LA PRENSA Verifica constató, con el criterio asistido de juristas, que la Constitución de la República expone que dichas atribuciones no incluyen la ratificación de decretos en sesiones extraordinarias.

ARTÍCULO 208

Son atribuciones de la Comisión Permanente

1. Emitir su Reglamente Interior

2. Emitir dictamen y llenar los otros trámites en los negocios que hubieren quedado pendientes, para que puedan ser considerados en la subsiguiente legislatura

3. Preparar para someter a la consideración del Congreso Nacional los proyectos de reformas a las leyes que a su juicio demanden las necesidades del país

4. Recibir del Poder Ejecutivo los decretos emitidos en los últimos diez días de sesiones del Congreso Nacional, debidamente sancionados

5. Recibir las denuncias de violación a esta Constitución

6. Mantener bajo su custodia y responsabilidad el archivo del Congreso Nacional

7. Publicar una edición de todos los decretos y resoluciones emitidos por el Congreso Nacional en sus anteriores sesiones, dentro de los tres meses siguientes a la clausura del mismo

8. Convocar al Congreso Nacional a sesiones extraordinarias a excitativa del Poder Ejecutivo o cuando la exigencia del caso lo requiera

9. Recibir del Poder Ejecutivo la documentación e información relativa a convenios económicos, operaciones crediticias o empréstitos que dicho Poder

10. Presentar al Congreso Nacional un informe detallado de sus trabajos durante el período de su gestión

11. Elegir interinamente en caso de falta absoluta los sustitutos de los funcionarios que deben ser designados por el Congreso Nacional

12. Llamar a integrar a otros diputados por falta de los miembros de la Comisión

13. Conceder o negar permiso al Presidente y Vicepresidente de la República por más de quince (15) días para ausentarse del país

14. Nombrar las Comisiones especiales que sea necesario, integradas por Miembros del Congreso Nacional

15. Las demás que le confiere la Constitución.

Conclusión

Tras comprobar lo que establece tanto el artículo 208 sobre las competencias o facultades que tiene la Comisión Permanente como el artículo 373, ambos de la Constitución de la República, LA PRENSA Verifica puede afirmar que la aseveración de Rasel Tomé es ENGAÑOSA; porque para que la reforma constitucional sea derogada en su totalidad, la derogatoria, debe ser ratificada en la subsiguiente legislatura con 86 votos favorables o más.

Fuentes

Entrevista con el abogado Óliver Erazo

Entrevista con el abogado Raúl Pineda Alvarado

Publicación de Rasel Tomé en X (antes Twitter)

Constitución de la República de Honduras

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