Juicio de Juan Orlando Hernández arranca con elección del jurado

La justicia de EUA tiene en agenda de esta semana el inicio del juicio contra el exmandatario hondureño, por lo que la presunta suspensión para el 20 no ha sido confirmada

Foto: Archivo

El expresidente Juan Orlando Hernández gobernó el país entre 2014 y 2022, en dos períodos presidenciales.

dom 11 de febrero de 2024

“Un juicio con jurado comienza con la selección de sus integrantes”. Esta afirmación está contemplada tanto en leyes penales y civiles de Estados Unidos para garantizar un juicio justo, ecuánime y transparente a los acusados.

En la imputación por narcotráfico hecha por la Fiscalía de Nueva York contra Juan Orlando Hernández, expresidente de Honduras, se iniciará este lunes con el procedimiento de la elección del jurado, que durante el juicio decidirá sobre la culpabilidad o inocencia del exmandatario.

Durante esta etapa, considerada también como “el primer paso del juicio”, las partes procesales; los fiscales, la defensa de Hernández y el propio juez Kevin Castel harán una serie de interrogantes a los posibles jurados para determinar su idoneidad para servir en el caso.

Durante esta primera etapa, denominada por las leyes de Estados Unidos como “Voi dire” (ver para decir), iniciará este lunes en la Corte Federal del Distrito Sur de Nueva York y por lo compleja que es la acusación contra el expresidente Hernández se puede extender durante dos o tres días.

El proceso de “voir dire” está diseñado para ayudar a que el juicio sea justo y reducir las posibilidades de que el veredicto del jurado no esté contaminado con prejuicios o nociones preconcebidas.

$!Fachada de la corte neoyorquina, escenario del juicio contra JOH.

Entre otras preguntas, el juez puede consultar a los posibles jurados; ¿alguien está relacionado con alguna de las partes por sangre o por matrimonio? ¿Alguien es cliente actual de alguno de los abogados o de sus bufetes de abogados?, ¿alguien se ha formado alguna opinión sobre este caso?, ¿alguien sabe alguna razón por la que no pueda escuchar la evidencia y emitir un veredicto justo?

De acuerdo con las respuestas a estas interrogantes, el juez puede excusar a algunos miembros del grupo de ciudadanos neoyorquinos para ser parte del jurado.

Una vez que la oficina del secretario del tribunal haya recibido una lista de ciudadanos elegibles, el secretario enviará cartas a varios ciudadanos de la lista, informándoles que han sido seleccionados para comparecer como jurado durante un período de la corte. Conformado el jurado, el expresidente de Honduras será trasladado hasta la Corte al inicio del debate con la presentación de los argumentos de los fiscales que no es más que la ratificación de la acusación por tráfico de cocaína.

Pruebas Cipa

Tras la selección del jurado, la Fiscalía indicó que “será necesario un intervalo de aproximadamente dos días. Este período permitiría completar el proceso acordado por las partes y ordenado por la Corte en su orden del 12 de enero de 2024, y para que un abogado autorizado se reúna con el acusado en un Centro de Información Compartimentada Sensible (SCIF por sus siglas en inglés).

Según lo contemplado en el acuerdo entre las partes, el Tribunal deberá celebrar una audiencia de conformidad con la Sección 6(a) de Cipa (Ley de Procedimientos de Información Clasificada), que puede ocurrir durante ese período de aproximadamente dos días.

Después de la de la emisión del fallo escrito del Tribunal en virtud de las pruebas en la audiencia Cipa, la Fiscalía propone que el juicio proceda con los argumentos iniciales y la presentación de pruebas en contra de Hernández.

Ayer, tanto los abogados defensores y los fiscales se reunieron para acelerar el proceso de la revisión de las pruebas clasificadas en un SCIF.

Aunque Hernández, de acuerdo con la Fiscalía, comparecerá junto a su abogada Sabrina Shroff, la mañana del martes 13 y miércoles 14 de febrero en la SCIF para conocer el alcance de las pruebas clasificadas ofertadas por los fiscales.

El acusado y su abogado recibirán una versión del documento que prepararon que describe el posible testimonio del acusado (el aviso suplementario de la Sección 5 de CIPA) que identifica qué partes, si las hay, están clasificadas.

La sección 5 de la Ley Cipa refiere a que “si un acusado espera razonablemente revelar o provocar la divulgación de información clasificada de cualquier manera en relación con cualquier juicio o procedimiento previo al juicio que involucre el procesamiento penal del acusado, él deberá, dentro del tiempo especificado por el tribunal o, cuando no haya tiempo si se especifica, dentro de los treinta días anteriores al juicio, notificará por escrito a los fiscales y al tribunal”. El aviso -sostiene la normativa- incluirá una breve descripción de la información clasificada. Siempre que un acusado tenga conocimiento de información clasificada adicional que razonablemente espera revelar en el procedimiento, deberá notificarlo por escrito a los fiscales y al tribunal tan pronto como sea posible e incluirá una breve descripción de la información clasificada.

Advierte que “ningún acusado divulgará ninguna información que se sepa o se crea que está clasificada en relación con un juicio o procedimiento previo al juicio hasta que se haya notificado”.

Según la propuesta de las partes adoptada en la orden del Tribunal del 12 de enero, “a los abogados defensores se les prohibirá discutir las partes clasificadas del aviso suplementario de la Sección 5 de la ley Cipa fuera del SCIF, incluso durante el juicio”.

Es decir que si el acusado desea utilizar información clasificada durante el juicio, su abogado autorizado debe solicitar su uso de acuerdo con la Ley de Protección de Información Clasificada (Cipa, por sus siglas en inglés).

Durante este período, el tribunal llevará a cabo una audiencia bajo la Sección 6(a) para determinar si la información clasificada es admisible como evidencia en el juicio.

Si el tribunal determina que la información es admisible, se aplicará la Sección 6(c) de la Cipa. Según esta sección, el Gobierno propondrá una sustitución no clasificada de cualquier material clasificado que de otro modo sea admisible como evidencia.

Pero, si el tribunal aprueba la propuesta de sustitución de acuerdo con la Sección 6(c), los abogados no autorizados recibirán esa información en una forma utilizable en el juicio. Esto significa que la información clasificada se reemplazará por una versión no clasificada que será proporcionada a los abogados no autorizados, incluso como parte del testimonio del acusado.

Apertura del debate

Concluida la etapa procesal y administrativa del juicio, el juez Castel ordenará la apertura del debate con los argumentos iniciales de la Fiscalía -previsto para el 20 de febrero- en la que describirán la versión de los hechos ante el jurado. Materializada la ratificación de la Fiscalía se comenzarán a evacuar las pruebas.

Entre las pruebas figuran, los testimonios de detectives de la Agencia Antidrogas de Estados Unidos (DEA por sus siglas en inglés), que estuvieron a cargo de las investigaciones de la conspiración de tráfico de drogas en Honduras.

Después de esto, el juez llamará al estrado a los testigos colaboradores, que a lo largo de una década han desenredado toda una maraña que implica a políticos y empresarios hondureños en el narcotráfico. Entre los que figuran el narcotraficante Víctor Hugo Díaz Morales alias el “Rojo”; el exalcalde de El Paraíso, Copán, Alexander Ardón Soriano; el cabecilla del cartel de los Cachiros, Devis Leonel Rivera Maradiaga, y Fabio Lobo, hijo del expresidente Porfirio Lobo.