Solicita asilo político en España: Consejos para hondureños

Descubre el proceso de solicitud de asilo político y protección internacional en España. Conoce los pasos, requisitos y consejos. ¡Más información aquí!

Foto: Fotografía: Cortesía.

Imagen muestra el documento acreditado de la condición de solicitante en tramitación, de protección internacional en España.

jue 11 de abril de 2024

Por diversas circunstancias, entre ellas, la violencia de grupos criminales y la persecución por razones políticas, muchos ciudadanos, principalmente de Latinoamérica, optan por salir de sus países y solicitar asilo en otros.

Los hondureños no están exentos de esta situación, ya que en los últimos años, la cifra de connacionales que solicitan protección internacional ha incrementado de forma exponencial, sobre todo, a España.

Según un informe de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), los ciudadanos de Honduras ocupan el cuarto lugar de los que más piden asilo en la madre patria, después de Venezuela, Colombia y Perú.

Las cifras que muestra dicho informe, que se publicó en febrero de 2024, detallan que en 2023, al menos 3,685 hondureños solicitaron refugio en el país europeo.

Sin embargo, por ser uno de los países de donde más se pide asilo, también es uno de los que registra el mayor número de resoluciones negativas. Solo el año pasado fueron denegadas 2,578 solicitudes, señala CEAR.

¿A quiénes otorga asilo España?

De acuerdo a la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior de España, se les concede asilo a todas aquellas personas que son perseguidas en su país por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual y que no puedan o no quieran por ese motivo recibir la protección de las autoridades de su país.

¿Cómo y dónde se solicita el asilo en España?

1. Si llega a España y no puede entrar en territorio español, en el puesto fronterizo.2. Si ya está en España hay dos opciones:

a. Solicitar cita a través de los medios que se indican para cada provincia en el documento descargable que encontrará en el siguiente enlace:https://www.policia.es/_es/extranjeria_portada.php

b. En Centros de Internamiento para Extranjeros (CIE):

La solicitud se presenta personalmente y consiste en la realización de una entrevista, que se efectúa siempre de forma individual con un funcionario habilitado al efecto. Podrá contar con la presencia de intérprete y abogado, en su caso.

En la entrevista, el funcionario le ayudará a que usted describa los hechos relevantes para su solicitud.

Para ello, deberá explicar todas las causas que le llevan a pedir protección internacional y cómo llegó a España. El contenido de la entrevista quedará plasmado en un documento que deberá firmar y del que obtendrá una copia.

Consejos y detalles para que su solicitud sea exitosa

_ Para que puedan ayudarle, necesitan saber qué le ha pasado.

_ Tiene el deber de exponer los motivos verdaderos por los que pide protección y toda la documentación debe ser auténtica.

_ Todo lo que diga es confidencial.

_ Las personas que traten con usted (funcionarios, policías, intérpretes) están obligadas a mantener en secreto todo lo que diga.

_ Puede contactar en todo momento con ACNUR y las organizaciones no gubernamentales (ONG) que participan en la gestión del sistema de acogida para solicitantes de protección internacional.

_ El personal que le atienda tendrá en cuenta las necesidades especiales en casos como mujeres embarazadas; personas con enfermedades o con discapacidad; víctimas de torturas y formas graves de violencia sexual, psicológica o física; o víctimas de trata de seres humanos.

¿Qué deberes tiene el solicitante de asilo?

_ Colaborar con las autoridades españolas:

Diciendo la verdad sobre su identidad y presentando los documentos de identidad que tenga o, en su caso, justificando su falta.

Explicando de forma detallada los motivos por los que solicita protección internacional. Presentar, lo antes posible, todos los documentos en que se apoye la solicitud.

_ Informar o comparecer ante las autoridades cuando sea requerido en relación con su solicitud, renovación de documentos, etc.

_ Informar sobre cualquier cambio de domicilio. Si no informa del cambio de domicilio, no podrá recibir los requerimientos relativos a su solicitud de protección internacional, lo que puede dar lugar al archivo de su solicitud.

_ Facilitar la recogida de sus impresiones dactilares por las autoridades.

Procedimiento

1. Fase de admisión de trámite

En esta fase se descartan las solicitudes cuyo estudio no corresponde a España, sino a otro país o que no reúnan los requisitos establecidos por la ley para su resolución, como cuando la persona se halla reconocida como refugiada en un tercer país; procede de un país seguro; ha reiterado una solicitud ya denegada en España; si no hay circunstancias nuevas relevantes, o es nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

Si usted presentó su solicitud en territorio español:

_ Se valorará en el plazo de un mes si su solicitud es admitida a trámite y, en su caso, si se ha de seguir el procedimiento de urgencia. Transcurrido ese plazo, si no recibe una resolución de inadmisión, su solicitud se entenderá admitida a trámite por silencio administrativo, y usted quedará en situación de estancia o permanencia provisional en territorio español.

_ Si su solicitud no se admite a trámite, se ordenará, según corresponda, su retorno, su devolución, su expulsión, su salida obligatoria de España o su traslado al país que es responsable del examen de su solicitud de asilo, salvo que usted reúna requisitos para permanecer en España en situación de estancia o residencia.

_ Contra la decisión de no admisión podrá presentar un recurso.

Si usted presentó su solicitud en un puesto fronterizo o en un centro de internamiento de extranjeros (CIE):

_ Deberá permanecer en el centro habilitado hasta que se decida si su solicitud es admitida a trámite o denegada. Las autoridades tienen 96 horas para notificar la decisión.

_ Si la solicitud es admitida podrá entrar en España o salir del CIE.

_ Si su solicitud no es admitida o es denegada, usted podrá solicitar el reexamen de su solicitud, en el plazo de 48 horas desde que le notifiquen el rechazo de su solicitud. Las autoridades tienen 48 horas para notificarle su resolución.

_ Si la decisión de su petición de reexamen es negativa, usted deberá abandonar España.

_ Contra las decisiones que no admitan o denieguen su solicitud, podrá presentar recurso.

2. Fase de instrucción

_ Si su solicitud es admitida a trámite, en un puesto fronterizo o en territorio español, pasará a ser examinada con mayor profundidad.

_ En esta fase usted podrá ser convocado a la celebración de una nueva entrevista o ser requerido para aportar más documentación.

3. Fase de resolución

_ Si la decisión es favorable, usted será reconocido como refugiado o como persona bajo protección subsidiaria.

_ Si la decisión es desfavorable, conllevará los mismos efectos que la inadmisión de la solicitud, según se ha descrito anteriormente.

_ Contra la decisión desfavorable, podrá presentar recurso. Recuerde que tiene derecho a la asistencia de un abogado, que será gratuito si no puede pagarlo.

Beneficios del asilo concedido

Las personas a las que se conceda protección internacional podrán beneficiarse de servicios sociales, educativos y sanitarios que presten las Administraciones públicas competentes y, además, tendrán los siguientes derechos:

_ No ser devuelto al país de origen.

_ Autorización de residencia y trabajo permanente.

_ Obtener documento de identidad y, en su caso, de viaje.

_ Reagrupación de familiares directos.

_ Acceso a servicios públicos de empleo, a la educación, a la asistencia sanitaria, a la vivienda, a la asistencia y servicios sociales, a programas de atención a personas víctimas de violencia de género, a la seguridad social, a programas de integración, a la formación continua y al procedimiento de reconocimiento de títulos académicos y profesionales en las mismas condiciones que los españoles.

_ Acceso a programas de integración específicos que se establezcan.

_ Reducción en los plazos de acceso a la nacionalidad española.

Con información del Ministerio del Interior de España