¿Las iglesias pueden reunirse durante el estado de excepción?

El estado de excepción comenzó este martes a las 6:00 pm en 162 barrios y colonias

Miembros de una iglesia hondureña congregados en un auditorio.

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Tegucigalpa, Honduras.

Con el estado de excepción que arrancó este 6 de diciembre de 2022 a las 6:00 pm una de las dudas que más hubo en la mente de los hondureños es si las iglesias podrán o no celebrar sus reuniones religiosas habituales.

Son 162 colonias del Distrito Central y el valle de Sula las que figuran en la lista configurada por las entidades de seguridad pública de Honduras, incluida la Policía Nacional.

El director de la Policía, Gustavo Sánchez, dijo que el decreto (PCM 29-2022) faculta a los agentes a ejecutar detenciones y allanamientos siempre y cuando “las personas sean miembros de grupos criminales”.

Las garantías suspendidas (artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución) conciernen a la libertad de circulación, libertad de asociación, procedimientos de detención y la inviolabilidad del domicilio de parte las autoridades, es decir, desde hoy los elementos de la Policía Nacional están facultados para ingresar sin orden de un juez a una vivienda donde tengan información que hay extorsionadores.

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No obstante, las autoridades informaron que no se va a restringir la circulación ciudadana, pues no se trata de un “toque de queda” como se había interpretado al inicio.

De la misma manera, se permitirá que la congregación de personas, siempre que no vayan en contra del orden público y de las buenas costumbres.

“No se va a afectar absolutamente a nadie, si alguien se quiere reunir no habrá ningún problema, si alguien quiere celebrar un cumpleaños o las fiestas de fin de año o una boda, no habrá ningún problema, no afecta en lo absoluto a nadie”, aseguró Sánchez.

“El 99 por ciento de la población de los sectores en estado de excepción no se verán afectados, no deben de preocuparse o ponerse ansiosos”, agregó.

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