EUA no da asilo a hondureños que huyen de la criminalidad

Muchas hondureñas, al entregarse o ser detenidas por las autoridades migratorias, argumentan que huyen de las maras y de los extorsionadores

Tampoco a quienes escapan de la crisis económica.

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Dallas, Texas.

Con su hija de meses de nacida, Alba Luz, originaria de San Lorenzo, Valle, salió de Honduras hace un mes y después de cruzar Guatemala y México llegó a McAllen con la esperanza de recibir el estatus de asilo de parte del gobierno de Estados Unidos.

Debajo del puente internacional Anzalduas, que conecta Tamaulipas, México, con Texas, Alba Luz relató que se marchó de Honduras porque la “iban a matar” los extorsionadores que le exigían el pago ilegal de dinero por las ventas que hacía en una pequeña pulpería.

“Si uno no paga, lo matan, lo violan, hasta a sus hijos”, dijo Alba Luz a medios de comunicación de Honduras, entre ellos Diario LA PRENSA.

La hondureña dijo que su niña tiene una fractura en el cráneo y permaneció dos meses en coma en un hospital.

Alba Luz, con su hija en brazos, cruzó el río Grande, y al tocar tierra estadounidense, en el valle de Río Grande, agentes de la Patrulla de Fronteras la detuvieron y ahora debe someterse a un proceso legal para obtener lo que ella desea, el asilo, o una deportación a Honduras.

Las leyes de migración de Estados Unidos plantean que pueden solicitar asilo solamente las personas que se encuentran en territorio norteamericano (independientemente de cómo hayan ingresado), mientras los que piden la condición de refugiados deben encontrarse en otro país.

Para solicitar asilo o refugio, según información del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés), las personas deben demostrar que son perseguidos por “raza, religión, nacionalidad, pertenecer a un grupo social en particular y opinión política”.

Quienes buscan la protección bajo el asilo tienen tres vías legales con procesos diferentes: el proceso afirmativo, la entrevista de méritos de asilo después de una determinación positiva de temor creíble y el proceso de defensa de asilo.

Las personas que recurren al proceso afirmativo o defensa de asilo, deben presentar ante USCIS el Formulario I-589, solicitud de asilo y suspensión de remoción (deportación) dentro de un período de un año contado desde el día que entró a Estados Unidos, legal o ilegalmente.

Miguel Vergara, director de la oficina de distrito en Harlingen, Texas, del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés), le explicó a periodistas de Centroamérica, entre ellos de Diario LA PRENSA, que un juez de migración decide si la persona tiene derecho al estatus de asilo o emite una orden de deportación que es ejecutada por esa agencia.

Vergara advirtió que el gobierno de Estados Unidos concede asilo si las personas “cumplen con los criterios establecidos en las leyes”, por ejemplo, a quienes un gobierno persigue y tortura, pero no privilegia a quienes huyen de sus países por no tener un trabajo, pobreza o criminalidad.

“Los requisitos para el asilo están en internet, el Departamento de Estado los establece, también nosotros y el Servicio de Ciudadanía e Inmigración, el criterio es claro, lamentablemente, mucha de nuestra gente, hispanos, vienen buscando asilo porque no hay trabajo, porque hay criminalidad (...). Hay que recordar que el criterio aplica si el gobierno de su país acosa, persigue, tortura, encarcela a la persona, por cualquiera de ese número de criterios principales, entonces hay posibilidades”, dijo.

Agregó que “el juez eso es lo que valora, la escasez de trabajo, la alta criminalidad no es un criterio, muchas personas vienen buscando asilo por eso, lamentablemente no siguen las vías legales que el Departamento de Estado ha establecido, pagan organizaciones criminales, llegan buscando asilo, luego se desalientan porque no encuentran lo que buscan”.

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