29/04/2024
12:02 PM

Seguirán multando por arrojarripio en San Pedro Sula

Los volqueteros que se dedican a transportar desperdicios de construcción o ripio pagarán la multa por tirar ripio en los cauces de los ríos de San Pedro Sula.

San Pedro Sula, Honduras

Las multas por tirar ripio en los cauces de los ríos o en zonas no permitidas en todo el municipio de San Pedro Sula se seguirán aplicando.

El director de la policía municipal, Pedro Martínez, anunció que se seguirán aplicando las multas como está tipificado en el Plan de Arbitrios Municipal. “La multa está a cargo de la Gerencia de Ambiente dependiendo la cantidad de ripio, tipo y el lugar donde es arrojada por los volqueteros que se dedican a transportar desperdicios de construcción o ripio”, dijo.

Situación

Una volqueta tira ripio en un río de San Pedro Sula.

“Luego del plantón que realizaron conversamos con ellos y fueron conscientes de la situación”, dijo el director de la Policía.

Indicó que se hizo un compromiso que posiblemente en enero encontremos un sitio donde puedan depositar ese ripio y además ellos tienen que exigirles a sus clientes el permiso que la municipalidad les otorga para disponer de esos residuos.

Los volqueteros deben exigirle al cliente el permiso y autorización porque al momento de demoler o construir va incluido y no saldría caro a los volqueteros porque ellos solo cobrarían el flete.

Lo que dice la Ley

La Gaceta Municipal establece que es prohibido botar, acumular y descargar todo tipo de residuos en calles, esquinas, medianas, parques, bulevares, riberas, cauces de los ríos y quebradas, derechos de vías, terrenos baldíos y cualquier otro lugar público o privado.

Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que, directa o indirectamente, contamine un sitio, u ocasione un daño o afectación al ambiente, como resultado de la generación, manejo o liberación, descarga, infiltración o acumulación de residuos, será responsable y estará obligada a su remediación y compensación correspondiente.

El vehículo será devuelto una vez se pague el valor determinado de la tarifa por el servicio de recolección y disposición final, establecido por el operador, los gastos de remediación (en caso de existir daños al entorno ambiental) y la sanción correspondiente, lo anterior será refrendado mediante una constancia emitida por la Gerencia de Ambiente.

La autoridad municipal que encuentre un vehículo cargado de residuos sólidos en sitios no autorizados, tendrá la potestad de exigir el comprobante de la disposición final de los residuos, en el caso de no disponer dicho comprobante deberá custodiar el vehículo, o medio de transporte utilizado, hasta las instalaciones la policía municipal, para que realice el trámite de pago por disposición correspondiente y deberá seguir las directrices establecidas por la Gerencia de Ambiente y la Dirección Supervisora de Servicios Especiales (DIRSSE).

Se prohíbe el uso y contratación de carretas o trocos como medios para acarrear residuos.