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En julio entran en vigor nuevas tarifas de energía

  • 28 abril 2015 /

Tegucigalpa, Honduras.

Desde julio, los hondureños pagarán en las tarifas eléctricas los costos de generación, transmisión, distribución y operación del sistema de energía.

La revisión de las tarifas es uno de los compromisos del Gobierno con el Fondo Monetario Internacional (FMI), tal como se establece en el acuerdo stand-by 2014-2017.

La carta de intenciones señala que la tarifa promedio se ajustará 2.5% durante 2015. El aumento se calculará sobre el promedio de la tarifa de diciembre de 2014; es decir, 3.70 lempiras por kilovatio hora. “En concreto, el incremento en 2015 derivado del 2.5% será de nueve centavos de lempira por Kwh”, agrega el documento.

Además, los subsidios cruzados y las tarifas diferenciadas para ciertos sectores residenciales desaparecen después de haberse aplicado durante 20 años.

Lo anterior se encuentra establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica, en la que se faculta a la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (Cree) para la revisión y el estudio de una nueva propuesta tarifaria.

Se espera que el presidente Juan Orlando Hernández nombre en las próximas semanas a los tres comisionados de la Cree, quienes tendrán como primera asignación revisar las tarifas.

La tarifa de 3.1193 lempiras por kilovatio hora se mantiene vigente desde 2009. En 2013 tuvo que haber entrado en vigor la nueva estructura tarifaria.

Fuentes del Poder Ejecutivo explicaron que la tarifa eléctrica se definirá con base en nuevos criterios con el objetivo de obtener un costo real del kilovatio hora. Agregaron que el Gobierno cuenta con una serie de estudios para establecer la nueva tarifa, pero la Cree tomará la decisión final.

Carga

En ningún caso se trasladarán al consumidor, vía tarifas, las ineficiencias operacionales o administrativas de las empresas públicas, privadas o mixtas, sean estas de generación, transmisión o distribución.

Subraya la nueva ley que las tarifas no deberán cargar a una categoría de usuarios los costos atribuibles a otra categoría. Cuando el Estado decida subsidiar a los consumidores de bajos ingresos, deberá hacerlo sin alterar las tarifas ni afectar las finanzas del subsector eléctrico.

Las facturas por servicio eléctrico emitidas por las empresas distribuidoras deberán mostrar el desglose del cargo total por servicio en costos de generación, transmisión y operación del sistema, y distribución.

Asimismo, las facturas deberán incluir los impuestos de todo tipo que la empresa deba pagar directamente o que le sean trasladados por empresas generadoras, transmisoras o de operación del sistema, excepto por el impuesto sobre las utilidades. Por el momento no se ha establecido de cuánto será el impacto de la estructura de tarifas eléctricas.

Costos

La Ley General de la Industria Eléctrica, vigente desde mayo de 2014, introduce una serie de cambios respecto a la Ley Marco del Subsector Eléctrico.

El artículo 46 de la Ley Marco establecía que las tarifas reflejarán el costo marginal del suministro y el valor agregado de distribución y serán estructuradas de manera que promuevan el uso eficiente y equitativo de la energía eléctrica. Agregaba que a todos los consumidores, con excepción de los residenciales, deberá cobrárseles entre el 100 y 120% del costo total del suministro. No obstante, el artículo 18 de la actual Ley de la Industria Eléctrica manda que “las tarifas reflejarán los costos de generación, transmisión, distribución y demás costos de proveer el servicio eléctrico aprobado por la Cree”.

Agrega que las tarifas serán estructuradas de manera que promuevan el uso eficiente de la energía eléctrica.