26/04/2024
05:20 PM

Aprobadas reformas a la Ley de Tarjetas de Crédito

Tasas de interés en moneda nacional no deberán ser mayores al 54% y 30% en moneda extranjera. La ley será aplicada en 60 días tras la publicación en La Gaceta.

Tegucigalpa, Honduras.

Bajo un amplio y participativo debate, los diputados al Congreso Nacional aprobaron anoche las reformas a la Ley de Tarjetas de Crédito propuestas por el Poder Ejecutivo para aliviar el sobreendeudamiento que enfrentan miles de hondureños con los bancos emisores del dinero plástico.

La iniciativa de ley fue aprobada por la mayoría de los miembros de la Cámara Legislativa con la dispensa de dos debates.

En su parte toral, el proyecto de ley establece que las tasas de interés aplicables sobre tarjetas de crédito deben convertirse a su equivalente anual y aplicarse al saldo a financiar en cada período de pago, y para su efectividad debe notificarse en el estado de cuenta correspondiente.

Las reformas

Una de las reformas principales fue fijar un techo máximo de 54% a la tasa de interés promedio anual, contenida en el artículo 34 del decreto aprobado.

Esto se explica tomando como referencia la tasa promedio ponderada activa dada por el Banco Central de Honduras (BCH), la cual actualmente se registra en 20.18%. Esta se multiplica por 2.6825, resultando 54.13%.

Es decir que al bajar la tasa activa también bajará a menos de 50% la de tarjetas de crédito.

También se eliminaron los cobros adicionales, como el que aplican por no usar la tarjeta al menos tres veces en el mes, el que oscila entre 100 y más de 200 lempiras. Así como penalidades por cancelación del contrato, emisión, impresión, renovación o vencimiento del plástico.

Asimismo establece que los bancos deberán notificar obligatoriamente cada mes a los clientes sus estados de cuenta y cualquier cambio en la tasa.

También se limitó el nivel de endeudamiento de los usuarios y garantiza el acceso a obtener arreglos de pago a tasas más bajas para cancelar deudas.

Sanciones

El presidente de la comisión dictaminadora, Francisco Rivera indicó que hay una sanción estipulada de 20 salarios mínimos si se violan estas reformas aprobadas a la Ley de Tarjetas de Crédito.

“La Comisión Nacional de Bancos y Seguros tienen mucho trabajo, tiene que velar por el cumplimiento de esta ley”, declaró. De su lado, el secretario del Consejo de Ministros, Ebal Díaz advirtió que “el proyecto contempla un artículo en el sentido de que no pueden de manera arbitraria cancelarle a un usuario su tarjeta de crédito si está al día y si alguna institución bancaria se la retira en represalia por esta medida entonces se tendrá que proceder sancionando a ese emisor”. El decreto entrará en vigencia 60 días después de su publicación en La Gaceta.


Estas serán las tasas máximas de interés de referencia para la realización de las operaciones financieras de los prestamistas no bancarios que se dediquen al financiamiento de bienes y servicios o de dinero y las cuales se reflejarán y calcularán automáticamente mes a mes en los contratos suscritos entre el sistema financiero nacional, los prestamistas no bancarios los tarjetahabientes o prestatarios.

“Toda transacción comercial y financiera por encima de las tasas de referencia del presente artículo por parte del sistema financiero nacional, prestamistas no bancarios constituye delito de Usura”, advierte el dictamen.

El límite máximo de referencia para el cálculo de la tasa de interés de los contratos de tarjetas de crédito en moneda nacional se aplicará como base la tasa de interés anual promedio ponderado nominal activa sobre préstamos en moneda nacional del sistema financiero nacional del mes anterior publicada por el Banco Central de Honduras (BCH) multiplicado por 2.3845007452 veces.

En el caso para calcular la tasa de interés máxima de los contratos para tarjeta de crédito en moneda extranjera se utilizará como base la tasa de interés anual promedio ponderada nominal activa sobre préstamos en moneda extranjera del sistema financiero nacional del mes anterior publicada por el Banco Central de Honduras multiplicado por 4 veces, la cual en ningún momento deberá ser superior al 30%.


Arreglos de pago

La ley que entrará en vigencia 60 días después de su publicación en el diario oficial La Gaceta libera de una gran cantidad de cargos y cobros indebidos e inconsultos, pero también obliga a los emisores de tarjetas de crédito a suscribir arreglos de pago con los clientes que presenten problemas de morosidad e impago y resolverles en un plazo no mayor de cinco días.

Para tal fin se le otorgará al tarjetahabiente un plazo de hasta 60 meses, según la conveniencia y capacidad de pago de este y se le deberá entregar sin ningún recargo una tabla de amortización que establezca detalladamente las fechas máximas y montos de cada pago.

Para su aplicación, la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) emitirá el reglamento respectivo en un plazo de sesenta días.