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La liquidación contractual de EEH se aprobaría hasta el 17 de noviembre

  • 03 septiembre 2023 /

En un plazo de 90 días debe de estar preparado este procedimiento que dio inicio el pasado 19 de agosto. Los liquidadores por parte del fiduciario y el inversionista ya fueron nombrados.

Tegucigalpa

No solo fue una fecha en la que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) asumió después de 21 años la gestión comercial, lectura y facturación del servicio de distribución, funciones que estaban bajo la responsabilidad de la Empresa Energía Honduras (EEH) desde el 2016.

El 19 de agosto pasado también inició la liquidación del contrato suscrito con el consorcio honduro-colombiano, cuyo proceso tendría que estar preparado y aprobarse el próximo 17 de noviembre, informó a LA PRENSA una fuente ligada a la Superintendencia de Alianza Público Privada (SAPP), entidad que en el marco de sus facultades y atribuciones debe de acompañar este procedimiento. “El proceso de liquidación inicia a la fecha de terminación del contrato y tienen tres meses para preparar la liquidación y que sea aprobada por el Comité Técnico del Fideicomiso”, mencionó.

Deuda de la Enee con generadores de energía suma L16,745 millones

El entrevistado agregó que “hay un plazo de 10 días para que las partes, el fiduciario (Ficohsa) y el inversionista (EEH) nombren los liquidadores”. De acuerdo con datos de la estatal eléctrica, el valor pagado al referido consorcio en concepto de honorario fijo fue de 892.50 millones de dólares durante los siete años y medio del convenio y pese a esto se le está exigiendo a la ENEE la cancelación de 652 millones de dólares como saldo adeudado.

Preparar

“Son 90 días calendario para preparar la liquidación (contractual de EEH), donde se debe determinar los importes de pagos o cobros al inversionista o cualquier otra obligación dentro del contrato”, puntualizó el funcionario de la SAPP a este rotativo.

Detalló que “al finalizar los 90 días se somete la liquidación a aprobación del Comité Técnico del Fideicomiso dentro de los 10 días calendario siguientes a la liquidación; luego tiene 60 días calendario para aprobar o improbar la liquidación, pudiendo en ese lapso hacer ajustes si no se aprueba”.