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Corte declara inadmisible recurso contra el artículo 335-B

  • 15 agosto 2017 /

Según la Corte, este no era el camino que debía seguirse para el amparo.

Roatán, Honduras

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró este martes inadmisible el recurso de amparo contra el artículo 335-B del Código Penal.

Según la Corte, este no era el camino que debía seguirse para el amparo interpuesto por la Alianza de Oposición.

Para el Colegio de Periodistas de Honduras (CPH), el artículo 335-B lesiona la libertad de expresión en el país.

Dagoberto Rodríguez, presidente del CPH, anunció que el gremio convocó a plantones en San Pedro Sula y Tegucigalpa para exigir la pronta revisión del inciso B del artículo 335, del Código Penal.

También el diputado por el Partido Libertad y Refundación (Libre), Jorge Cálix, dijo que “no queda nada que hacer con este recurso, ya la Corte lo inadmitió sin analizar los recursos”.

Todavía hay dos recursos de amparo que faltan resolver por la Corte Suprema de Justicia contra el artículo 335-B del Código Penal.

El artículo establece que 'quien públicamente a través de medios de comunicación o difusión destinados al público hiciere apología e incitación a actos de terrorismo (...) será sancionado con pena de cuatro a ocho años de prisión'.