25/04/2024
11:19 PM

Las excepciones

La Conferencia Episcopal alemana ha aprobado que la comunión sea posible, acogiéndose a la excepción que prevé el canon 844.4, con la condición de que se vea el asunto con un sacerdote y que se acepte la presencia real del Señor en la forma consagrada. La primera cuestión que se me ocurre es que eso se va a generalizar y la comunión va a ser distribuida a todo el mundo, católico o no, que se ponga en la fila para comulgar. La segunda es que se suprime de hecho, al menos para los no católicos, la exigencia de ir a comulgar en gracia de Dios, puesto que a ellos no se les pide la confesión previa si es que están en pecado mortal, entre otras cosas, porque no pueden recibir esa confesión y probablemente tampoco quieran recibirla; pero, sobre todo, estamos ante la misma situación que se plantea con la posibilidad de dar la comunión a los divorciados vueltos a casar: la desaparición en la práctica de la fe en la presencia real del Señor en la eucaristía, aunque en teoría se siga exigiendo esa fe al luterano que comulga. Si la eucaristía es una cosa (un alimento, por ejemplo) o un símbolo (de fraternidad o de amistad) no veo problema en que eso suceda, pero si la eucaristía es una persona, si es alguien y no algo, habrá que tener en cuenta los deseos de esa persona antes de que se produzca la “comunión” con ella.

Cristo está en la eucaristía y tiene derechos. El primero de ellos es el de ser recibido con un mínimo de dignidad por aquel al que el Señor le hace el honor de entrar en su casa. Para comulgar hay que estar en comunión con aquel con el que se comulga. Esa comunión previa a la otra comunión, a la sacramental, exige asumir la fe católica en su plenitud -y, por lo tanto, hacerse católico- y estar en gracia de Dios. Las excepciones por causas graves pueden existir, pero no se pueden transformar en un coladero.