24/04/2024
08:10 AM

Repartición de bienes solo aplica a los nuevos matrimonios

La aplicación de las reformas hechas al Código de Familia no es de carácter retroactivo.

Tegucigalpa, Honduras.

Una controversia generalizada se ha desatado en la población hondureña después que el Congreso Nacional aprobara varias reformas en el Código de Familia que obligarán a quienes planean casarse a hacerlo bajo ciertas modalidades, así como a quienes pretenden divorciarse.

Las reformas que entrarán en vigor después de su publicación en el diario oficial La Gaceta abarcaron tres artículos que corresponden a las diligencias preliminares y de la celebración del matrimonio y del régimen económico.

Según la comisión de familia, niñez, juventud y equidad de género del Congreso Nacional, los ciudadanos que planeen casarse deberán presentar una declaración jurada de bienes y, si no lo hicieran, “cada cónyuge queda dueño y dispone libremente de los bienes que tenía al contraer matrimonio. Los que los cónyuges adquieran bajo cualquier título, en fechas posteriores al matrimonio, quedan sujetos al régimen de sociedad ganancial”, explican los congresistas en el dictamen aprobado el miércoles.

La repartición 50/50 (régimen de sociedad ganancial) la considero justa. En la actualidad está lo que se llama las capitulaciones matrimoniales, cuando dos personas se casan y declaran los bienes que llevan al matrimonio. Al divorciarse determinan quién va a administrar los bienes y lo que van a repartirse son las utilidades que tuvieron de eso. Con la reforma se asegura que de los bienes adquiridos dentro del matrimonio van a tener derecho al 50% cada uno. Lógicamente, esto abarca solo a las parejas casadas bajo los regímenes y divorciadas posteriormente”, explicó el abogado experto en el área procesal civil, Jorge Belarmino Reyes.

Los regímenes económicos que la pareja debe escoger antes de casarse son de sociedades gananciales (bienes en partes iguales), bienes mancomunados (los dos son dueños de todo) o bienes separados.

Para el abogado Reyes, las reformas llegan para proteger a la mujer y no beneficiarla. “Lo considero justo porque de repente la mujer queda desprotegida y, es más, hombres sin conciencia hasta venden sus casas para no darles a sus hijos. Ahora, las capitulaciones matrimoniales serán obligatorias y habrá más orden”, puntualizó Reyes.

Foto: La Prensa



Actividad en juzgado

Para la abogada Thelma Puerto, las reformas no disminuirán la controversia en uno los juzgados que más actividad tienen al día en la Corte Suprema de Justicia: el de la Familia de Francisco Morazán.

“El Código siempre ha sido claro sobre las capitulaciones matrimoniales, pero no ha sido obligatorio. Me parece que será gananciosa para nuestros clientes la repartición 50/50; para la mujer especialmente porque le está subiendo 25% si hablamos de divorcio”, expresó Puerto.

Hay que poner especial atención, según la litigante, en las impugnaciones que se darán debido a las reformas.

“Será muy fácil que digan que no estaban enterados o les dijeron otra cosa. Estas reformas deben quedar claras para todos los ciudadanos. Vean la actualidad de los Juzgados de Familia; no resuelven porque tienen una enorme carga procesal y no es culpa de ellos; pero hay receptores a quienes hay que rogarles para que hagan una inspección o una citación”, afirmó Puerto.

La coordinadora de jueces del Juzgado de Familia, Ilden Mejía Meraz, dijo a LA PRENSA que no está informada sobre las reformas realizadas al Código de Familia recientemente en el Congreso Nacional.

Foto: La Prensa

El Congreso aseguró que el objetivo de las reformas es proteger a las familias con el uso adecuado de los bienes.
Protección

La secretaria de la comisión de la Niñez y la Familia del Congreso, Marlen Alvarenga, del Partido Anticorrupción, aseguró que de ahora en adelante, gracias a la reforma, las parejas que decidan divorciarse podrán hacerlo dividiendo sus bienes en partes iguales, siempre que se hayan casado bajo una de las modalidades establecidas en la ley y sus modificaciones.