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Presentan proyecto de ley sobre 'vientre de alquiler' en Honduras

  • 01 marzo 2018 /

De acuerdo al anteproyecto de ley, el vientre de alquiler no tendrá una remuneración económica.

Tegucigalpa, Honduras

La diputada nacionalista Sara Medina Galo presentó anoche una iniciativa para crear la Ley de “vientre de alquiler' en Honduras.

La moción, Ley del Derecho a la Gestación por Subrogación, fue enviada la Comisión de Salud para su revisión.

PDF: Anteproyecto de ley de “vientre de alquiler'

Sara Medina explicó que el vientre de alquiler tiene sus condiciones, una de ellas es que solo ser mujeres mayores de 25 años y menor de 45 años.

Dato
La mujer gestante por subrogación no podrá tener ningún vinculo de consanguineidad con el o los progenitores subrogantes.
También que el vientre de alquiler solo se podrá realizar por matrimonios que ya la ley hondureña establece. El progenitor o progenitores subrogantes deberán haber agotado o ser incompatibles con las técnicas de reproducción humana asistida.

De acuerdo con el anteproyecto de ley, la gestación por subrogación no está permitida cuando exista una relación de subordinación económica, de naturaleza laboral o de prestación de servicios entre las partes implicadas.

La gestación por subrogación no tendrá carácter lucrativo o comercial, sin perjuicio de la compensación resarcitoria que podrá́ percibir la mujer gestante.

Ante la moción presentada en el Congreso, el párroco de la iglesia Cristo Resucitado de Tegucigala, Javier Martínez, dijo que tener un hijo es un don y no un derecho.

Mujer gestante por subrogación: Es la mujer que, sin aportar material genético propio, consiente y acepta, mediante un contrato de gestación por subrogación, someterse a técnicas de reproducción asistida humana con el fin de dar a luz al hijo o hijos del progenitor o progenitores subrogantes, sin que, en ningún momento, se establezca vinculo de filiación entre la mujer gestante y el niño o niños que pudieran nacer.