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Piden que juez nacional dicte las extradiciones

  • 13 octubre 2014 /

El pleno de magistrados así lo plantea en un anteproyecto de Ley de Extradición enviado este año al Congreso Nacional.

Tegucigalpa, Honduras.

Actualmente las solicitudes de extradición son conocidas en primera instancia por un magistrado del pleno, elegido como juez natural; pero con una reforma se pretende que los magistrados no conozcan las solicitudes en primera instancia.

La Corte Suprema de Justicia remarcó esta propuesta para que las solicitudes de extradición de hondureños o extranjeros vinculados al crimen organizado sean conocidas por un juez con jurisdicción nacional.

Así lo oficializó el pleno de magistrados de la Corte en un anteproyecto de Ley de Extradición enviado este año al Congreso Nacional.

“Artículo 7. Competencia. El juez de letras de lo penal con jurisdicción nacional conocerá únicamente en primera instancia la solicitud de extradición”, cita el anteproyecto de Ley de Extradición.

Se propone que el pleno de magistrados resuelva en definitiva una solicitud de extradición, en el caso que se apele la resolución que en primera instancia dicte el juez nacional, es decir, que los magistrados siempre tendrán conocimiento del asunto, solo como tribunal de alzada.

De esta manera se establecería una doble instancia, que coadyuvaría al debido proceso.

El anteproyecto de Ley de Extradición plantea el procedimiento a seguir para conocer y responder las solicitudes que se presenten. Para el caso, establece que las peticiones se presentarán en la secretaría de la Corte, esta la remitirá sin mayor dilación al juez de letras de lo penal con jurisdicción nacional, quien, examinada la misma y de ser procedente, ordenará la captura del sujeto reclamado, al que podrá dictársele la detención provisional por un tiempo máximo de hasta dos meses.

El requerido podrá nombrar un defensor.

Dentro del período de 30 días se celebrará la audiencia de evacuación de pruebas. Luego, el juez valorará las evidencias y sin mayor retardo dictará una resolución otorgando o denegando la solicitud de extradición.

Contra esta resolución se podrá interponer el recurso de apelación dentro de tres días, que será conocido por el pleno de la Corte. Por otro lado, el pleno pidió al Legislativo aprobar una reforma constitucional para reforzar facultades del Poder Judicial, incluido el juez nacional, en conocer las extradiciones.

“Artículo 313.- La Corte Suprema de Justicia, tendrá las atribuciones siguientes: ...4, Conocer de las causas de extradición en segunda instancia y de las demás que deban juzgarse conforme al derecho internacional.

El conocimiento de las causas de extradición en primera instancia corresponderá a los jueces con competencia territorial nacional en materia penal”, cita el anteproyecto. Se cuenta con la facilidad que ya existe la figura del juez nacional para conocer casos de crimen organizado, aprobada en 2011, a quien se le ampliarían facultades.