27/04/2024
12:57 PM

Mañana comienza el silencio electoral en Honduras

Candidatos solo podrán dar a conocer sus planes de gobierno, sin anuncios.

Aunque lo usual es que el silencio electoral solo abarque la propaganda política, a partir de este martes 13, también serán prohibidos los anuncios institucionales, por ejemplo, Congreso Nacional o alcaldías, en los que sus autoridades o funcionarios formen parte de ellas y además integren planillas para cargos de elección popular.

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Esto será para evitar algún tipo de ventaja de un precandidato sobre los demás que no podrán comparecer más que en su condición de aspirantes a cargos, aseguraron magistrados del TSE (Tribunal Supremo Electoral).

El silencio electoral ocurre cinco días antes de las elecciones internas y primarias que serán el domingo 18, en la que participan tres partidos políticos: el oficialista Nacional, el Liberal, y Libre, llevando en planillas 14 movimientos con unos 42 mil precandidatos que buscan ganar la candidatura que los lleve a la elección general de noviembre de 2013, para escoger las próximas autoridades del país a partir de enero de 2014.

La Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas establece en su articulado que la propaganda política es de 45 días antes de las elecciones; en consecuencia, el silencio electoral se limita a cinco días, en los que los aspirantes a los 2,988 cargos de elección popular solo podrán comparecer públicamente para dar a conocer sus planes de gobierno, sin anuncios.

Implicaciones del silencio

Saúl Escobar Andrade, presidente del TSE, señala que este período debe ser respetado tanto por los políticos que participan, como por los medios de comunicación, que son lo que no deben permitir la propaganda.

David Matamoros Batson, magistrado del TSE, destaca que en el silencio electoral se suspenden anuncios publicitarios, las concentraciones políticas y toda actividad pública o en vías públicas.

“No quiere decir que los candidatos no puedan publicar en periódicos sus planes de gobierno, ellos pueden tener reuniones privadas con sus militantes; pero la publicidad, operaciones de pegar stikers, o andar música en altoparlantes sí queda prohibido”, dijo.

Dejó claro que al violentar la ley, los primeros multados serán los medios de comunicación que cometan la infracción; aunque la idea no es imponer sanciones, sino más bien el respeto a la legislación.

“Los multados serían los medios de comunicación porque el silencio solamente se rompe en los medios de comunicación.

La realidad o la razón del silencio es para dedicarse a verificar que todo avanza, que la ciudadanía medite en forma clara, y el Tribunal mandará mensajes de orientación”.
Más prohibiciones

Uno de los puntos más importantes, confirmó Matamoros, es que también “están prohibido los anuncios institucionales como en las alcaldías y el Congreso Nacional, para que nadie aproveche que es candidato pero que es alcalde y presidente del Congreso”.

Cabe mencionar que no es prohibido a funcionarios aspirar a cargos de elección popular; no obstante, el presidente Porfirio Lobo pidió a los funcionarios del Poder Ejecutivo que aspiren, que renunciaran o pidieran permiso temporal.

Los candidatos que surjan el 18 de noviembre se enfrentarán a los de otros seis partidos que no participan en este proceso primario.

Movimientos violaron la ley

Pese a que el TSE multó a casi todos los movimientos que participan en la contienda porque violaron la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, al iniciar la propaganda política antes de los 50 días de las elecciones que establece la ley, estos aun no pagan.

Según el magistrado del TSE Enrique Ortez Sequeira, los movimiento fueron multados, pero lejos de pagar impugnaron el fallo ante la misma secretaría del Tribunal, por lo que habría que esperar el proceso.

Y es que el silencio electoral tiene dos procesos: primero es antes de iniciar la propaganda, donde sí se vale promocionar a los candidatos sin pedir el voto; y luego, cinco días antes de las elecciones, en las que no se puede promocionar a ningún aspirante, solo sus planes de gobierno.

“Esperamos que los candidatos se enmarquen en la ley, que den el ejemplo. Ellos solo pueden hablar de sus planes de gobierno, de lo que piensan hacer en el país, pero no en anuncios publicitarios”, dijo el magistrado Ortez Sequeira.

Ley Electoral

ARTÍCULO 149. Suspensión de la campaña y la propaganda electoral.

Dentro de los cinco (5) días calendarios anteriores a las elecciones primarias y generales quedan prohibidas las manifestaciones públicas, toda propaganda política, la divulgación de resultados totales o parciales de encuestas o sondeos de opinión pública, material impreso, audiovisual, electrónico, radiofónico magnético o de cualquier índole.

En dicho término, los candidatos (as), dirigentes y líderes de los partidos políticos, las alianzas y de las candidaturas independientes solo podrán hacer uso de los medios de comunicación para explicar, divulgar y difundir sus programas de gobierno.

El incumplimiento de lo dispuesto en este artículo se sancionará con una multa de cuarenta (40) salarios mínimos.

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