26/04/2024
12:56 AM

En el IHSS aprobaron préstamos al margen de la ley entre regímenes

San Pedro Sula, Honduras

Contratación de equipo y servicios por cantidades onerosas, préstamos ilegales entre regímenes y deudas bancarias tienen comprometidos los ingresos del Instituto Hondureño de Seguridad Social hasta 2019.

Lea el informe completo

El análisis financiero de la comisión interventora revela que la institución ha efectuado tres contratos por sumas considerables desde el año 2010 que ascienden a 3,578.58 millones de lempiras, que han generado además el cobro de intereses moratorios por la incapacidad financiera para cumplir con tales obligaciones.

Establece que la deuda de mayor monto es la que mantiene el régimen de Enfermedad y Maternidad (EM) con el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), la cual asciende a L1,864.45 millones, que contempla el saldo de capital y los intereses adeudados. En segundo lugar se encuentra la deuda por el contrato con Dimesa, por L1,586.57 millones.

Al margen de la ley

El préstamo del IVM al EM no se tuvo que haber efectuado porque el artículo 58 de la ley del IHSS establece que deberá existir separación financiera y contable de los regímenes.

La Comisión Nacional de Banca y Seguros (CNBS) advirtió que no procedía considerando dicho artículo; sin embargo, siempre se dio.

La junta directiva del IHSS resolvió aprobar en marzo de 2011 inicialmente la consolidación de la deuda del régimen EM con el régimen IVM, presentada por la gerencia administrativa y financiera, quedando consolidada en un monto de L942.8 millones a un plazo de 15 años, a una tasa de interés del 8.70%, con pagos mensuales de L12 millones, incluyendo capital más intereses.

En en mayo de 2011, la junta directiva aprobó por unanimidad el otorgamiento de un nuevo préstamo del régimen de IVM al régimen de EM, por L600 millones. La primera transferencia con la cual se materializó ese préstamo entre regímenes, se ejecutó el 20 de junio de 2011 por la gerencia administrativa en contravención a la resolución dictada por la CNBS, dicta el informe.

Las investigaciones arrojan que el 9 de enero de 2013 a través de un memorando, el gerente del IVM informaba al director ejecutivo Mario Zelaya el detalle de la deuda pendiente indicando que hasta esa fecha no se había realizado ningún pago para amortizar el préstamo de L600 millones y que tampoco se había honrado el plan de pagos correspondiente a la consolidación de las deudas anteriores de 942.77 millones de lempiras.

La propuesta incluía que el 70% equivalente a L232 millones de los L600 millones prestados al EM fueron destinados a la compra de equipo biomédico y sistema informático, proyectos que no han sido adecuadamente implementados o instalados en su totalidad debido a la ausencia de planificación.

La comisión establece que se comprometió la estabilidad del IVM al dejar de percibir por depósitos a plazo fijo en la banca L287,543,746.33 en concepto de intereses ocasionándole un deterioro financiero en perjuicio de los jubilados. En la revisión del préstamo de EM a IVM a diciembre 2013 no registra ningún pago desde diciembre 2011, los intereses moratorios a diciembre 2013 ascienden a L48,909,577.07.

A la fecha

El informe detalla que 56% del flujo de febrero de este año debe ser utilizado para pagar las deudas con los proveedores, estas se conforman por L378 millones de deuda por la licitación para la compra de medicamentos de 2013, el pago de deuda con los proveedores, de la cual está contabilizada la cantidad que asciende a L574 millones y otra que no está contabilizada y asciende a L310 millones.

Asimismo, están las deducciones por planillas, los subsidios, los contratos subrogados a proveedores, los derechos laborales y las transferencias retenidas al IVM y RP, los cuales representan aproximadamente el 36%.

El restante 8% corresponde a deudas que no están vencidas y lo que se reporta es la respectiva cuota del mes.

El informe dice que “es importante mencionar que el pago de las deudas que se reporta para febrero es la situación que actualmente presenta el instituto; pero no significa que no se puedan tomar acciones, tales como negociaciones con los diferentes proveedores para readecuación de la deuda, revisiones de la cartera para verificar la existencia del deudor y de las mismas deudas, entre otros. Cabe mencionar que la readecuación de la deuda vencida conllevaría al incremento de flujos por pago de deuda de los subsiguientes meses”.

La comisión concluye que los déficits financieros de años anteriores han sido transferidos a deudas tales como el préstamo del régimen de IVM al régimen de EM, las líneas de crédito con bancos, la deuda con instituciones a las que se les debieron transferir las deducciones de planilla de los empleados, el no pago de los subsidios o incapacidades y el no pago a proveedores.