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El Congreso de Honduras les quita facultades a magistrados de la Sala Constitucional

  • 01 febrero 2013 /

Los togados de la Sala de lo Constitucional no podrán integrar un pleno si en fallo no logran consenso.

Envuelto y escondido en el paquete de reformas constitucionales aprobadas a matacaballo, antes del cierre de la tercera legislatura, los diputados aprobaron el Decreto 237-2012.

La normativa aprobada por el Congreso Nacional les quitó facultades a los cinco magistrados que integran la Sala de lo Constitucional y le cedió más poder al presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Dicho decreto además aprueba reformas constitucionales relativas al hábeas corpus, hábeas data, el amparo y la inconstitucionalidad, entre otros recursos.

Se reformó la Constitución para que los cinco magistrados de la Sala Constitucional ya no integren más los plenos para resolver recursos de amparoe inconstitucionalidad, cuando no existió unanimidad en dicha Sala.

Para ello, el Congreso reformó el artículo 316, que ahora se lee así: “La Corte Suprema de Justicia está organizada en salas, una de las cuales es la de lo Constitucional, integrada por cinco magistrados.

Cuando las sentencias de las salas se pronuncien por una unanimidad de votos, se deben proferir en nombre de la Corte Suprema de Justicia y tienen el carácter de definitivas. Cuando no haya unanimidad en la toma de decisión del asunto, los magistrados que hayan participado en la Sala no deben integrar el pleno”.

Con ello, el Congreso quita facultad a los cinco magistrados de integrar el pleno para resolver un recurso que no obtuvo sentencia definitiva en la Sala Constitucional, por no existir unanimidad. Con dicha reforma, el legislativo le concede más poder a quien presida la CSJ.

En vista que al no existir unanimidad el recurso pasa al conocimiento del pleno y el titular del Poder Judicial podrá, a su gusto y valoración, llamar a integrar a cinco magistrados para ocupar las vacantes de los miembros de la Sala Constitucional.

La reforma constitucional incluida en el decreto 237-2012 se publicó en el diario oficial La Gaceta. Llamó la atención que el Ejecutivo ordenó su publicación el pasado 25 de enero, pero la edición aparece con fecha 24 de enero.

Aberrante

Para el jurista Félix ávila, la reforma constitucional es ilegal.

“Obviamente lo que se está convirtiendo aquí es una especie de segunda instancia de la Sala, lo cual es asombroso y aberrante, solo en este país puede ocurrir así”, expresó.

Explicó que el pleno de la Corte Suprema de Justicia es un tribunal único, que es lógico que los magistrados de la Sala Constitucional, al no encontrar unanimidad, deben integrar el pleno para defender su fallo.

Serían plenos extraños, llamando a otros a integrar y conociendo de cero los recursos. En consecuencia, la reforma puede ser impugnada con un recurso de inconstitucionalidad por carecer de legalidad. Eso derivaría otro problema: ¿quién lo resolvería si la Sala Constitucional y el pleno tienen interés directo en este caso?”, cuestionó.

Se llama al silencio

Rivera Avilés prefirió ayer no brindar declaraciones a medios de comunicación que esperaban trasladar a la opinión pública su respuesta a los cuestionamientos de dos magistrados que rechazaron las rotaciones en las salas Civil y Penal.

“Esta es una situación interna que entendemos desde la presidencia de la Corte. Se está tratando de armonizar la situación que ha surgido”, manifestó Melvin Duarte, portavoz oficial de la CSJ.

En vigor el hábeas data

La garantía de hábeas data, cuya aplicación estaba congelada en uno de los artículos de la Ley de Justicia Constitucional por no aparecer en el texto de la Constitución de la República, entró en vigora partir de la ratificación de las reformas de los artículos 17, 182, 183, 185, 309, 313 y 316 constitucionales aprobada esta semana por el Congreso Nacional.

En consecuencia, toda persona agraviada o cualquier otra en nombre de esta tiene derecho a promoverla, pues también en la misma reforma se incorporó al texto constitucional entre las atribuciones de la Corte Suprema de Justicia, de conocer los recursos que correspondan sobre la garantía de hábeas data, según explicaciones del diputado Oswaldo Ramos Soto. El congresista indicó que en el artículo 124 de la Ley de Justicia Constitucional se estableció una disposición que suspendía algunos artículos de la misma ley, que entraban en contradicción con las disposiciones constitucionales, y se dejó establecido que cuando se hiciese la reforma constitucional ipso facto iban a entrar en vigor tales disposiciones que habían mantenido congelados sus preceptos, en el caso del hábeas data.

Tras la ratificación de la reforma, todas aquellas disposiciones que estaban aletargadas entran en plena facticidad, explicó Ramos Soto.

En el hábeas data, únicamente puede promoverla la persona cuyos datos personales o familiares consten en los archivos, registros públicos o privados y, en el caso de que fuere necesario, actualizarla, rectificarla o suprimirla. No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística.

“Los diputados son los responsables de esta crisis”

La abogada sampedrana Maribel Espinoza analizó la situación conflictiva que se vive dentro de la Corte Suprema de Justicia tras la reacción de dos magistrados rotados de sus cargos, según ellos, al margen de la ley.

-¿Qué piensa de los últimos acontecimientos ocurridos en la Corte Suprema de Justicia, en donde el presidente de la Corte ha decidido rotar a los magistrados de salas Civil y Penal?

Pienso que el Poder Judicial está sumido en una verdadera y enorme crisis generada o propiciada desde el Congreso Nacional por la ilegal decisión de destituir a cuatro magistrados y que dicha crisis puede derivar, si no se rectifica a tiempo, en la completa destrucción del Estado de derecho en Honduras.

Ese hecho generador de la crisis ha causado que a la vez se produzca una evidente confrontación entre los señores magistrados por el no respeto y sujeción que todos debemos tener a la ley en un Estado de derecho. Entre dichos magistrados no puede existir una relación de subordinación y si se altera esa igualdad solo traerá consecuencias funestas. La decisión unilateral del presidente de la Corte solo es un efecto más del daño que le ha inferido el Congreso con su intromisión al Poder Judicial.

-¿Cree que esas denuncias hechas por magistrados pueden perjudicar la impartición de justicia?

Desde luego que sí, porque si los miembros del más alto tribunal están en una clara confrontación interna derivada de la posición ilegal asumida por algunos de sus miembros frente a la destitución de cuatro magistrados, imagínese usted el impacto que tienen las denuncias hechas por propios magistrados de otros actos contrarios a la ley suscitados en la propia casa de la justicia.

-¿Qué confianza podemos tener los ciudadanos en la correcta aplicación de la ley si desde el propio Poder Legislativo y la propia Corte Suprema de Justicia se irrespeta la ley?

Puedo concluir que lo que hicieron los diputados que votaron a favor de destituir a los cuatro magistrados son los responsables directos de esta crisis.

-¿Considera que si no hubiera habido destitución de magistrados la administración de justicia fuera mejor?

No creo, porque no se han emitido las leyes necesarias para erradicar efectivamente la corrupción a pesar de haberse así obligado a Honduras en convenciones internacionales, ni se han investigado seriamente y castigado dichos actos, salvo escasos casos aislados; pero sí es importante señalar que ese penoso hecho ocurrido en el Congreso vino a agravar la situación de la administración de justicia en el país.

El Poder Judicial debe transformarse verdaderamente y eso solo es posible con una verdadera voluntad para investigar diligentemente y enjuiciar a los corruptos. Hoy por hoy, solo el presidente de la Corte Suprema puede contratar, trasladar, sustituir o despedir jueces porque el Congreso Nacional así lo dispuso. Pero lamentablemente la vergüenza que afronta el Poder Judicial cada vez que sale a luz pública un acto de corrupción con motivo de la administración de justicia recae sobre todos magistrados de la Corte Suprema.