Según el Artículo 313 de la Constitución de la República de Honduras, la Corte Suprema de Justicia tiene las siguientes atribuciones.
1. Dirigir el Poder Judicial en la potestad de Impartir Justicia
2. Conocer de los procesos incoados a los más altos funcionarios del Estado y los Diputados.
3. Conocer en segunda instancia de los asuntos que las Cortes de Apelaciones hayan conocido en primera instancia.
4. Conocer de las causas de extradición y de las demás que deban juzgarse conforme al Derecho Internacional.
5. Conocer de los recursos de Hábeas Corpus, Hábeas Data, Casación, Amparo, Revisión e Inconstitucionalidad de conformidad con la Constitución y la Ley.
6. Autorizar el ejercicio del notariado a quienes hayan obtenido el título de Abogado.
7. Conocer en primera instancia del antejuicio contra los Magistrados de las Cortes de Apelaciones.
8. Emitir su Reglamento Interior y los otros que sean necesarios para el cumplimento de sus funciones.
9. Las demás que le confiere la Constitución y las leyes.
10. Elaborar el Proyecto de Presupuesto del Poder Judicial conjuntamente con el Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial, y enviarlo por medio del Presidente al Congreso Nacional.
11. Fijar la división del territorio para efectos jurisdiccionales.
12. Crear, suprimir, fusionar o trasladar los Juzgados, Cortes de Apelaciones y demás dependencias previo Dictamen favorable del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial.