24/04/2024
11:12 AM

Conozca los porcentajes que le tocará pagar al IHSS y al RAP

Hoy entra en vigor la nueva Ley Marco de Protección Social que asegura al menos el 50% de las prestaciones de los nuevos trabajadores.

Redacción

Frente a la confusión que ha surgido con respecto a las deducciones que se les harán a los trabajadores y patronos con la nueva Ley Marco de Protección Social, LA PRENSA presenta en detalle los diferentes valores que deberán erogar los afiliados al nuevo sistema de seguridad social.

Bajo el nuevo esquema de cotización contenido en la nueva normativa, el porcentaje de aportación al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) pasa del 3% (2% empleador y 1% trabajador) a 6% (3.5% empleador y 2.5% trabajador).

Los porcentajes que se venían pagando hasta ahora se mantienen inalterables, lo único que se suma o consolida es el 3% que se pagaba al Régimen de Aportaciones Privadas (RAP) que consistía en el 1.5% el empleado y 1.5% el empleador.

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Dicho porcentaje pasa ahora directamente al IVM y en lo sucesivo las aportaciones a este Régimen de Aportaciones serán voluntarias para los asalariados que devenguen un salario de hasta 8,882.30 lempiras.

Los obreros que ganen más de este monto y hasta un techo de tres salarios mínimos cotizarán al RAP un 6% adicional que irá a una cuenta de capitalización individual para el retiro del trabajador.

Además

La ley obliga al Patrono a depositar en el RAP un fondo de reserva laboral para cada uno de sus trabajadores consistente en una aportación del 4% mensual. Este dinero se entregará en su totalidad al trabajador en caso de despido justificado, injustificado o renuncia voluntaria.

La ley faculta al RAP a crear una Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Solidaria a través de las cual se manejarán las cuentas de capitalización individual, la cuenta de reserva laboral y las aportaciones que los trabajadores tienen actualmente depositadas en esa institución.

A continuación se detallan las deducciones que se harán a trabajadores y empleadores..