Ayer se aprobó la Ley de Protección de Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia, en la cual se establecen medidas de protección que se otorgarán en caso de amenazas o riesgos.
Con la aprobación de esta ley, Honduras cumplirá 22 de las 189 observaciones que hizo en 2010 el Consejo de Derechos Humanos de la ONU durante el examen periódico universal en Ginebra, Suiza.
El Congreso Nacional aprobó anoche los 70 artículos del decreto consensuado con todos los sectores antes de discutirlo en el pleno.
“La ley busca que los sectores involucrados cuenten con un representante en el ente consultivo para vigilar que se presten las medidas de protección oportunas, junto con el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos. La ley ordena a las autoridades civiles, policiales y militares proporcionar la información expedita y dar toda la colaboración requerida a las personas en riesgo”, explicó Yuri Sabas, de la comisión de derechos humanos.
La ley crea el Fondo Especial de Protección que será financiado con recursos provenientes de la Tasa de Seguridad. Uno de los sectores vulnerables, además de los periodistas, son los abogados: en los últimos cinco años han muerto más de 80.
La ley
Para conocer los casos de amenazas y riesgos contra los profesionales que abarca la ley se establece la creación del Consejo Nacional de Protección, integrado por una persona representante propietaria y un suplente de las secretarías de Estado involucradas, así como el Ministerio Público, Poder Judicial, Procuraduría General de la República, Colegio de Abogados, Colegio de Periodistas y cinco representantes de las organizaciones de la sociedad civil.
Definirán las medidas urgentes de prevención, protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas en situación de riesgo.
Se crea además la Dirección General de Mecanismos de Protección y Análisis de Conflictos Sociales, que recibirá las denuncias de riesgo y emitirá el dictamen técnico para que la Dirección General de Mecanismos de Protección proceda a implementarlas. Se incluye realizar estudios de evaluación de las acciones inmediatas e informar de las medidas urgentes que tomará la Secretaría de Seguridad para que implemente las medidas de prevención dictadas por el Comité y asignar el número de agentes para dar protección personal, conforme a las medidas decretadas.
Congreso Nacional aprobó los 70 artículos de la ley.
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