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Corte Suprema declara constitucional a la Maccih

  • 30 mayo 2018 /

El fallo fue emitido por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

Tegucigalpa, Honduras.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Honduras declaró esta noche la constitucionalidad de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih).

El presidente hondureño Juan Orlando Hernández escribió en sus redes sociales su conformidad al fallo. 'Lo dije en Washington DC 19/01/16, en evento de firma, convenio @OEA_Maccih es para apoyar, orientar y colaborar activamente en fortalecimiento de las instituciones nacionales, que son responsables finales de derrotar la corrupción y terminar con la impunidad en el país'.

En un segundo tuit puso: 'Satisfecho que el Poder Judicial ha afirmado que el convenio Maccih es constitucional. Agradecemos a los países cooperantes por su apoyo en nuestra lucha por más transparencia y la lucha contra la corrupción. Vamos adelante junto en el marco de nuestra constitución'.

LEA EL FALLO COMPLETO DE LA SALA CONSTITUCIONAL

El fallo de la Sala de lo Constitucional dice textualmente:

Primero: Declara la constitucionalidad del decreto legislativo número 23-2016, emitido por el Congreso Nacional de la República en fecha siete de abril de dos mil dieciséis, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 34,015, de fecha ventitrés de abril de dos mil dieciséis, mediante el cual se aprobó el Convenio entre la República de Honduras y la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (OEA), para el establecimiento de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras.

Segundo: De manera coherente a los estudios y conclusiones plasmados en los considerandos de esta sentencia la que se emite conforme al artículo 206 del Código de Procedimientos Civiles, en cuanto ser 'clara, precisa y exhaustiva' y en acatamiento a la Constitución de la República, la supervisión, evaluación, colaboración activa, investigación y persecución penal establecido en el Convenio, deben ser interpretados y aplicados conforme a nuestra Constitución política.

Tercero: Por lo que cualquier documento derivado del Convenio, celebrado en cualquier Poder o institución del Estado, tal como “el Mecanismo institucional de cooperación bilateral entre el Ministerio Público de la República de Honduras y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos a través de la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih-OEA)”; debe ser adecuado a lo determinado en La Gaceta y; 4) Una vez notificada y firme la presente sentencia, se proceda a su certificación y el archivo de las diligencias por parte de la Secretaría de la Sala de lo Constitucional. Notifíquese.