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Drones no podrán volar cerca de aeropuertos o sobre multitudes

  • 23 julio 2017 /

Tegucigalpa, Honduras

Ante la popularidad que ha alcanzado el uso de drones en Honduras y la utilización de los mismos para fines delictivos y de invasión a la privacidad, el Congreso Nacional se apresta a aprobar una iniciativa para regular la propiedad y uso de estos aparatos en el espacio aéreo y zonas muy pobladas.

Con ello, Honduras se suma a una amplia lista de países que desde 2014 comenzaron a poner restricciones a los vuelos de estos robots en áreas urbanas y residenciales con propósitos de seguridad y protección de las personas que ven amenazada su privacidad.

400
pies es la altura máxima autorizada sobre el nivel del terreno para operar un dron y solo a 140 pies debajo de un espacio aéreo controlado.

Bajo esta nueva legislación y las reformas a la Ley de Aeronáutica Civil que se discuten en el Poder Legislativo, los propietarios de estos artefactos tecnológicos deberán registrarlos y recibir una autorización de la Dirección de Aeronáutica Civil, en caso contrario podrán enfrentar severas sanciones.

Recién en la capital, un grupo de vecinos de las residenciales Las Hadas, Las Uvas, Los Ángeles y la América, denunció el saqueo de varias viviendas por una banda de delincuentes que utiliza drones para observar si las casas se encuentran solas durante el día.

En Tegucigalpa, San Pedro Sula y otras ciudades del país es común el uso de estos aparatos con fines recreativos; pero también son utilizados por empresas de seguridad y medios de comunicación, estos últimos para fines informativos y de vigilancia.

El diputado proyectista, Tomás Zambrano, explicó a La Prensa que los drones tienen múltiples usos y su empleo puede poner en riesgo principios constitucionales claves, como la vulneración de la privacidad, la seguridad y la amenaza sobre el espacio aéreo.

17 años
cumplidos es la edad mínima recomendada para el uso y operación de un vehículo aéreo no tripulado o aeronaves pilotadas a distancia, según la ley.

Apuntó que debido a su popularización y bajo costo, estos robots voladores han tenido una amplia demanda; pero últimamente se ha detectado su utilización como dispositivos de espionaje. Por otro lado, los drones que poseen cámaras están obteniendo datos personales todo el tiempo, registran imágenes, localización, audio, de todo, y esos datos de terceros están resguardados por la Constitución de la República.

Prohibiciones

La iniciativa de ley prohíbe la operación de estos vehículos en espacios aéreos controlados, corredores visuales y helicorredores; excepto que hayan obtenido una autorización especial de la autoridad aeronáutica.

También en áreas sensibles al ruido, en las áreas de aproximación o despegue de un aeródromo y en zonas prohibidas, restringidas o peligrosas que se hayan establecido como tales.

Se indica, además, que los drones tendrán un radio de operación hasta una altura de 122 metros o 400 pies sobre el nivel del terreno y no podrán ser operados a más de 43 metros de altura sobre nivel del terreno debajo de un espacio aéreo controlado o dentro de un radio cinco kilómetros de una pista de un aeródromo o un kilómetro lateral de un helicorredor.

También se prohíbe utilizarlos sobre zonas densamente pobladas o en aglomeración de personas, salvo en ciertos casos autorizados.

Wilfredo Lobo, director de la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil, dijo a LA PRENSA que en las reformas a la Ley de Aeronáutica se incluye un artículo sobre este tema que ordena trabajar en reglamento para la regulación de drones.

“Así es que ya estamos trabajando en el reglamento con un equipo técnico que se ha venido preparando sobre este asunto”, indicó el titular de la entidad reguladora.