27/04/2024
02:32 PM

Nuevas reglas para los jubilados

el aumento de la edad de jubilación, la conformación del gobierno corporativo y la apertura a nuevas inversiones son los tres pilares de la nueva Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (Injupemp), que entrará en vigor este día.

Las nuevas disposiciones de la legislación, aprobada en diciembre de 2013, tienen como propósito beneficiar a los participantes del sistema y garantizar la sostenibilidad financiera del fondo, dijo a D&N la directora ejecutiva de la institución, Martha Doblado.

Es una reforma que llega tras 40 años de vigencia de la ley actual y que busca ponerla a tono con los requerimientos de la seguridad social a nivel mundial, según sus autoridades. Pero lo más importante, según expresan, es garantizar la seguridad y continuidad del fondo de pensiones.

Y con las nuevas disposiciones se logra ese objetivo, aseguró Doblado, pues las mismas se encaminan a la reducción del actual déficit actuarial de la institución, que se sitúa en los 32,000 millones de lempiras. El Injupemp es el administrador del fondo público de pensiones constituido por los recursos monetarios provenientes de la captación de cotizaciones de los participantes y las aportaciones patronales. El patrimonio de la institución suma actualmente los 25,369 millones de lempiras, lo que le convierte en una de las fuerzas económicas más importantes del sistema de previsión del país.

Doblado dijo que es una ley que busca afianzar un sistema provisional que dé garantía de perpetuidad a todos los participantes. Marca un cambio significativo en la política de previsión social del Estado. “Los cambios en la ley lo que procuran es que el Instituto tenga unas finanzas sanas, que sea una gestión transparente y eficiente, es decir que tengamos prosperidad y asegurar el pago de las personas”, añadió.

Expectativas

Las reformas han generado expectativas entre los afiliados, principalmente por la elevación de la edad de jubilación, de 58 años en los que está actualmente a los 62 años, como se establece en la nueva ley, en tanto, los años de cotización al sistema suben de 10 a 15 años.

“Son reformas que no afectarán a las personas afiliadas, los cambios serán graduales y van a surtir efecto cinco, 10 o 20 años a partir de la fecha”, explicó a D&N Jacobo Santos, jefe de la División de Beneficios del Injupemp.

Los afiliados al sistema, que en 2013 cumplieron 58 años de edad y tengan un mínimo de 10 años de cotización a la institución quedarán sujetos al régimen legal anterior, es decir que el cálculo de sus pensiones se determinará de acuerdo a lo establecido en la ley vigente al 12 de mayo de este año.

Luego se comenzará a aplicar la norma gradualmente. Por ejemplo, quienes en 2013 cumplen 50 años de edad podrán optar a la jubilación a los 59 años tras 12 años de cotizaciones, y quienes este año tienen entre 47 y 49 años de edad alcanzarán su edad de jubilación a los 60 años y 13 años de cotización. Serán los empleados que en 2013 tengan una edad igual o menor a los 43 años quienes alcanzarán la edad de jubilación a los 62 años, tras 15 años de cotización al sistema.

El monto de las pensiones estará directamente relacionado con el número de años de cotización del derechohabiente, explicó Santos, quien dijo además que normalmente la gente no se jubila a los 10 años de trabajo, sino a los 30 o 35 años, cuando pueden optar hasta un 90% de sus salarios. En la nueva ley se establece como tope un 80% del salario, pero si se quedan cinco años más (hasta los 67 años) podrían alcanzar el 90% de jubilación.

La cotización del Estado pasa del 11 al 12.5% desde mayo. “Es un reconocimiento de la función del Estado de garantizar la seguridad social”, dice Jacobo. Las cotizaciones de los empleados se mantienen por ahora, pero comenzarán a subir en un 0.5% a partir del mes de enero del año 2017 y cada dos años hasta llegar al 9.5% (en el año 2025).

Jubilación obligatoria

“Es una ley que dice adiós a la jubilación obligatoria (a los 58 años). Ahora, una persona que esté con sus capacidades intactas puede retirarse de sus labores cuando quiera. No hay porqué obligarla a que se retire. Es una restricción que desaparece, aunque queda la opción de que el patrón solicite la jubilación obligatoria de un empleado que ya no puede cumplir sus funciones, dependiendo de la edad. Ejemplo, un vigilante que no se quiera retirar de su empleo, aunque esté enfermo”, explicó Santos.

También abre las posibilidades que todos los empleados mayores de 55 años entren al sistema de jubilaciones, sin restricciones.

“Como ahora desaparece la edad obligatoria, en Injupemp ya no existe edad máxima de jubilación. Una persona de 58 años puede entrar a trabajar y cotizar. Si no logra alcanzar la edad para jubilarse se le devuelve su dinero y según las circunstancias hasta puede ser que se le devuelva más de lo que aportó”, indicó.

Cálculos para las pensiones

Según la ley vigente del Injupemp, el cálculo del monto de las pensiones o jubilaciones se hace sobre el promedio de los últimos 36 salarios percibidos y con la nueva ley cambia a 120 meses, es decir los salarios percibidos en los últimos 10 años de trabajo.

Santos aseguró que esta medida “no afecta a la gran mayoría de los cotizantes, porque si bien es cierto que se aumentan los meses para calcular el promedio, los mismos son calculados a valor presente según la tasa del IPC, considerando la devaluación, el costo de vida y la pérdida del poder adquisitivo”, pero sí a aquellos que solicitaban su jubilación en base a los altos salarios percibidos en cargos temporales, como diputados o ministros.

“Para evitar esos abusos lo que se hace es promediar esos 10 años, entonces ya no solo son los 60,000 lempiras que ganó en los últimos tres años, sino el promedio de todos sus salarios. En otros países, incluso, se toma toda la historia salarial de los empleados”.

En este contexto, el funcionario dijo que la ley busca dar beneficio a las personas que realmente lo necesitan. “No es lo mismo que pasó en el Inprema, donde hubo que hacer un corte drástico porque la situación era insostenible. Ese no es el caso de Injupemp. Nosotros podemos coexistir con los afiliados preexistentes y los afiliados nuevos dándole a cada quien lo suyo, podemos hacerlo gradualmente, por eso aquí no hay que correr. Los beneficios se pueden reclamar hoy, mañana, dentro de cinco años”, apuntó.

La figura del gobierno corporativo es -para las autoridades del Injupemp, la gran ganancia de la ley, ya que abre el camino a la despolitización de la institución y para afianzar su sostenibilidad financiera a lo largo del tiempo.

El gobierno corporativo estará integrado por tres miembros que serán elegidas en un concurso público en base a méritos, por un período de cinco años.

Nuevas inversiones

Juan Carlos Marín, jefe de la División de Finanzas, resaltó por su parte la apertura que la nueva ley da para que la institución amplíe el abanico de inversiones de sus fondos en los mercados modernos de inversiones.

El portafolio de inversiones está compuesto por tres grandes grupos: los títulos valores que representan un 76.75%; los prestamos personales, hipotecarios y fideicomisos un 21.85%, las que se centran en títulos valores y acciones. La cartera de préstamos hipotecarios sumaba los 1,574 millones de lempiras y la de préstamos personales 3,076 millones. La cartera de mora alcanza el dos por ciento.

Marín dijo que la nueva ley abre las puertas para que el Instituto amplíe sus inversiones, para que no lo haga solo en renta fija sino que en renta variable. “Eso nos permitirá ir más allá de las inversiones en bonos y préstamos a afiliados, acciones en sociedades anónimas. Podemos invertir en lo que especifica el Reglamento de Inversiones, como financiar proyectos de energía, de infraestructura vial”, manifestó.