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Aprueban exoneraciones y exenciones en nuevo código tributario

  • 01 diciembre 2016 /

Entre sus novedades se incluye la figura del monotributo

Tegucigalpa, Honduras

El Congreso Nacional aprobó hasta el artículo 44 del nuevo Código Tributario para Honduras, que abarcan aspectos como las exoneraciones, exenciones, responsabilidad tributaria, obligados tributarios y la responsabilidad solidaria, entre otros aspectos.

Se aprobaron también aspectos como el cómputo de los plazos, presunción de la legalidad, devoluciones, derechos de los obligados tributarios, determinación de hechos, actos y negocios simulados, validez de los actos, obligaciones tributarias materiales y formales, período impositivo y devengo y convenios entre particulares, entro otros.

El presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, explicó que la Cámara Legislativa se ha hecho el propósito de terminar la aprobación este nuevo instrumento jurídico en las próximas sesiones ya que se pretende que el nuevo código tributario hondureño entre en vigencia en enero próximo.

Novedades

Entre las novedades del proyecto destacan: la creación de un monotributo, la conformación de tribunales fiscales y la modernización del sistema recaudador, lo que permitirá reducir los trámites para que el pago y cobro de impuestos sea más ágil.

Incluye figuras jurídicas para que el pago de multas sea gradual y de acuerdo a las utilidades del contribuyente infractor, mediante una tabla de prorrateos que hará uso de fórmulas que toman de base parámetros como salarios mínimos, entre otros detalles.

El monotributo se crea para ampliar la base de contribuyentes, más allá de los 120 mil que existen registrados en el Servicio de Administración de Rentas (SAR).

La figura jurídica del monotributo o tributo único se regirá bajo los principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad, generalidad y equidad, atendiendo a la capacidad económica del contribuyente.

Se crean la Superintendencia Tributaria Aduanera y la Administración Tributaria como entidades con autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia y responsable del control, verificación, fiscalización y recaudación de los tributos, así como la tramitación y resolución de los recursos administrativos a su cargo.