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SAR atiende preguntas frecuentes de los contribuyentes

  • 13 abril 2020 /

Personal explicaron sobre la declaración y el pago del ISV que vence este dí, y otros temas

Tegucigalpa, Honduras.

Funcionarios del Servicio de Administración de Rentas (SAR) atendieron a través de un webinar vía Facebook Live preguntas de los usuarios sobre procedimientos, trámites pendientes y el Decreto 33-2020 que establece medidas de alivio para el sector productiva.

Comparecieron en vivo el director Centro Sur, Luis José García y el jefe nacional de Asistencia al Cumplimiento, Arnold Yanes.

Una de las principales consultas fue sobre la declaración y el pago del Impuesto Sobre Ventas (ISV) que vence este día, tributo que se declara y pago del 1 al 10 de cada mes, explicaron que la obligación está vigente para aquellas empresas que han seguido operando de manera normal, no así para las que han tenido que cerrar operaciones.

Informaron que las empresas que han tenido que cerrar operaciones durante la emergencia, tendrán un plazo de 10 días hábiles, posteriores a la suspensión de la emergencia para poder cumplir con la declaración del ISV por el período de tiempo que operaron en el mes de marzo pasado.

En cuanto a las declaraciones informativas: Declaración Mensual de Compras (DMC) y la Declaración Mensual de Retenciones (DMR), dieron a conocer 'que como estamos en días inhábiles, las mismas se podrán presentar el siguiente día hábil, una vez finalizado el período de emergencia en el país'.

Sobre el 8.5% de descuento que contempla el Decreto 33-2020 explicaron que el mismo es un descuento o un beneficio aplicable al Impuesto Sobre la Renta (ISR) para los pequeños y medianos contribuyentes que quieran cumplir con ese pago en el período contemplado por la ley, antes del 30 de abril.

Lo anterior porque el decreto les otorga una prórroga para cumplir con ese pago hasta el 30 de junio del presente año.

Informaron de igual manera que el SAR habilitado la emisión de inscripción en línea de empresas en el Registro Tributario Nacional enviando un correo electrónico a: rtnemergencia@sar.gob.hn y siguiendo los pasos y requisitos publicados en las redes sociales y sitio web del SAR.

Sobre el 10% que se otorga en la declaración del ISR a los gastos de salarios, explicaron que el mismo aplica para los meses que haya durado la emergencia en el país.

En torno a los documentos fiscales vencidos en estas fechas, dieron a conocer que los mismos siguen teniendo vigencia de acuerdo al decreto.

En cuanto a obligados tributarios que presentes bloqueos informaron que está pendiente de su publicación de un Acuerdo del SAR y que sobre ese tema versará un próximo Webinar a fin de informar de manera oportuna a la mayor cantidad de población.

En el tema de emisión de constancias informaron que las mismas se pueden realizar desde la página web del SAR buscando la sección indicada.

Los funcionarios del SAR dieron a conocer que la institución está atendiendo a la población de manera permanente, de lunes a viernes de 8:00 a.m a 4:00 p.m a través del contact center, al que pueden acceder llamando al teléfono: 2216-5800.