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Hondureña es condenada a más de 2 años de cárcel por abortar

  • 08 diciembre 2014 /

La acusada se introdujo pastillas para terminar con su embarazo.

Tegucigalpa, Honduras.

Un juez de lo penal de Honduras condenó a una mujer a dos años y nueve meses de prisión por abortar a su bebé de 25 semanas de gestación, en Tegucigalpa.

La acusada introdujo en su cuerpo unas pastillas abortivas para terminar con su embarazo. Según se informó, los hechos ocurrieron el pasado 11 de agosto, cuando se realizó en la morgue del Hospital Escuela Universitario el levantamiento de un bebé de 25 semanas de gestación.

En un inicio se estableció que la muerte de la criatura fue por premadurez fetal. No obstante, los médicos de turno encontraron dos pastillas de misoprosol en el canal vaginal de la madre, por lo que reportaron el caso a las autoridades.

Agentes de investigación detuvieron a la mujer, quien mediante un procedimiento abreviado fue condenada a dos años y nueve meses de prisión.

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En el país, el total de abortos registrados en los diferentes hospitales públicos del país entre 2010 y 2011, según el área de información de Egresos hospitalarios de la Secretaría de Salud Pública, fueron 21,441. El dato del año pasado sitúa en más de 10 mil el número de embarazos interrumpidos registrados.

Honduras prohíbe el aborto en todas sus manifestaciones. Según el código Penal en el artículo 126 define aborto como la muerte de un ser humano en cualquier momento del embarazo o durante el parto.

Quien intencionalmente cause un aborto será castigado:

1) Con tres (3) a seis (6) años de reclusión si la mujer lo hubiese consentido;
2) Con seis (6) a ocho (8) años de reclusión si el agente obra sin el consentimiento de la madre y sin emplear violencia o intimidación; y,
3) Con ocho (8) a diez (10) años de reclusión si el agente emplea violencia, intimidación o engaño.

El artículo 127 expresa que se impondrán las penas señaladas y la de multa de quince mil (L. 15,000.00) a treinta mil Lempiras (L. 30,000.00) al médico que, abusando de su profesión, causa o coopera en el aborto.

Las mismas sanciones se aplicarán a los practicantes de medicina, paramédicos, enfermeros, parteros o comadronas que cometan o participen en la comisión del aborto.

Por su parte el artículo señala 128: La mujer que produzca su aborto o consienta que otra persona se lo cause, será sancionada con reclusión de tres (3) a seis (6) años.

Polémica en El Salvador

Amnistía Internacional en septiembre de este año pidió a El Salvador despenalizar el aborto, que es castigado hasta con ocho años de cárcel en el país centroamericano, y liberar a las decenas de mujeres que están procesadas por ese delito.

Amnistía presentó un informe donde señaló que las acciones legales y médicas que las autoridades salvadoreñas adoptan contra las mujeres que abortan son comparables con la tortura.

El Salvador tiene una de las legislaciones más severas del mundo contra el aborto. 'El Salvador necesita detener la criminalización del aborto de forma inmediata', dijo el secretario general de la organización, Salil Shetty.

'El Gobierno tiene que garantizar el acceso al aborto, tanto a nivel jurídico como nivel de práctica, específicamente en los casos en donde el embarazo constituye un riesgo para la vida y la salud de la mujer', agregó.

Las leyes salvadoreñas penalizan cualquier tipo aborto, lo que constituye una grave violación a los derechos de las mujeres y niñas, dijo Amnistía.

El Congreso aprobó en 1997 una ley que establece penas de entre dos y ocho años de cárcel a quienes cometan un aborto y a las personas que ayuden o interrumpan el embarazo con consentimiento.

Cifras oficiales indican que unas 129 personas están encarceladas por estos delitos.
Organizaciones feministas han pedido que se revise el caso de 17 mujeres que están en prisión por el supuesto delito de aborto, pero que a su juicio tuvieron problemas obstétricos en la gestación, pérdidas del embarazo o partos sin asistencia.