24/04/2024
09:05 AM

Ley Electoral de Honduras aprobada en primer debate

  • 09 septiembre 2020 /

La nueva Ley Electoral consta de 333 artículos, los cuales fueron aprobados en primer debate. Falta la discusión de los mismos.

Tegucigalpa.

Los diputados del Congreso Nacional de Honduras escucharon este miércoles el dictamen con las reformas a la nueva Ley Electoral, bajo la que se regirán las elecciones primarias y presidenciales, de marzo y noviembre de 2021 respectivamente.

El dictamen de la normativa, consensuado por las principales fuerzas políticas, no incluye la figura de segunda vuelta electoral (balotaje), pero sobresalen la alternancia en planillas de elección, consejo consultivo electoral, prevención contra narcotráfico, registro de personas fallecidas, votación elecciones primarias, y la identificación electrónica, entre otras.

A las 9:45 am inició la sesión virtual con palabras del presidente del Poder Legislativo, Mauricio Oliva, que agradeció a la comisión especial electoral que trabajó en el dictamen de ley. 'Sé que no es un documento perfecto, pero es perfectible, es producto de amplias deliberaciones no solo por parte de las fuerzas políticas sino con todos los representantes sociales y económicos del país que ha desfilado por la presencia de esta comisión exponiendo sus distintos puntos de vista, al final creo que se ha logrado una confluencia de ideas que va a permitir a la Cámara tener el mejor instrumento posible para realizar el análisis respectivo', dijo.

El dictamen de la nueva Ley Electoral contiene 333 artículos, los cuales fueron leídos uno a uno por los secretarios del Parlamento hondureño. En ese sentido todos fueron aprobados en primer debate, pero en los próximos debates serán discutidos.

Tras más de cinco horas que duró la lectura de los artículos la sesión virtual finalizó y los diputados fueron convocados para continuar la discusión mañana a las 9:00 am.

Novedades de la Ley Electoral

Alternancia

La paridad es un principio constitucional que tiene como finalidad la igualdad entre el hombre y la mujer en este caso en materia política electoral, mientras que la alternancia regula que dos personas del mismo sexo no aparezcan en forma consecutiva en las planillas a cargos de elección, dando preeminencia de un género sobre el otro. Es decir, que la fórmula deberá ser hombre-mujer o viceversa.

El artículo 74 de la nueva Ley Electoral estipula que para hacer efectivo el principio de paridad, todas las nóminas para cargos de elección popular en los niveles electivos de fórmula presidencial, planilla de diputados al Congreso Nacional, diputados al Parlamento Centroamericano y corporaciones municipales, así como de autoridades de partido político, deben estar integradas 50% por mujeres y 50% por hombres.

En las nóminas de diputados la paridad será aplicable tanto a la planilla de propietarios como de suplentes y en caso de que la misma sea impar para miembros del Poder Legislativo, la diferencia del total de hombres y mujeres no deberá ser superior a uno.

Consejo Consultivo electoral

Es la instancia de consulta y colaboración con el Consejo Nacional Electoral, que tiene dentro de sus facultades la observación de los procesos electorales y la canalización de denuncias y reclamos.

Su función principal será la de formular y ejecutar programas de educación, formación y capacitación, de miembros y simpatizantes de los partidos políticos, organismos electorales y ciudadanía en general.

Se mantiene el 2% de los sufragios válidos en la última elección en el nivel presidencial para la inscripción y permanencia de los partidos políticos, con la excepción cuando obtengan un diputado.

Prevención contra narcotráfico

Fortalece los partidos políticos evitando la injerencia externa, del narcotráfico y del crimen organizado en la política, con énfasis en los aspectos formativos de su militancia, la promoción de liderazgos.

Establece un sistema de medios de impugnación precisos contra los actos y escrutinios de las juntas receptoras de votos que posibilitan que los actores hagan valer sus derechos, especialmente el de ser electo.

Suprime la entrega de credenciales en blanco a los movimientos y partidos políticos; estos deberán proponer a los ciudadanos que integrarán los organismos electorales al CNE en los plazos que fija la Ley.

Registro de personas fallecidas

Se crea el Sistema Integrado para la Inscripción de Personas Fallecidas bajo responsabilidad del RNP con la finalidad de efectuar una depuración permanente de las personas difuntas.

En sus artículos transitorios, la nueva Ley Electoral dispone que la actual tarjeta de identidad tendrá vigencia hasta el 31 de mayo de 2021 y hasta esa fecha se podrá hacer uso de ese documento.

Votación elecciones primarias

Los hondureños que no aparezcan en los listados del censo nacional podrán votar, verificando su huella dactilar electrónicamente y registrándose en un listado especial aprobado por el CNE.

Identificación electrónica

Faculta al CNE a adquirir el software del sistema de identificación electrónica de la huella digital para la celebración de elecciones primarias y generales de 2021 con el fin de evitar que un ciudadano vote dos veces.