16/04/2024
05:19 PM

Condenan a 16 años de prisión al exdirector del IHSS Mario Zelaya y dos exviceministros

  • 06 febrero 2019 /

La pena deberán cumplirla Mario Zelaya, Javier Pastor y Carlos Montes.

Tegucigalpa, Honduras.

La Sala I del Tribunal de Sentencia Nacional condenó este miércoles a 16 años de reclusión a Mario Zelaya, Javier Pastor y Carlos Montes por los delitos de lavado de Activos (15 años de prisión por este delito) y cohecho pasivo impropio (1 año por este).

La lectura de pena contra los imputados se dio a las 2:00 pm después de que fueran imputados por el descalabro en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).

LEA: Culpables por sobornos y lavado Mario Zelaya, Javier Pastor y Carlos Montes

Los imputados son el exdirector de ese centro asistencial Mario Roberto Zelaya Rojas, el exviceministro de Salud, Javier Rodolfo Pastor Vásquez, y el exviceministro de Trabajo y Seguridad Social, Carlos Montes Rodríguez.

'Dicho caso simboliza para el Ministerio Público, el primer fallo condenatorio que se dictó por lavado de dinero producto de la corrupción, lo que marca en la historia de Honduras, un antes y un después en el modelo de investigación y persecución penal estratégica en delitos de alto impacto social', indicó el Ministerio Público en un comunicado.

LEA: Culpables por sobornos y lavado Mario Zelaya, Javier Pastor y Carlos Montes

Mario Zelaya, exdirector del Ihss. Foto de archivo.

El exdirector del Instituto Hondureño de Seguridad Social (Ihss) Mario Zelaya Rojas. Imagen de archivo.
En este caso, denominado “Coimas a Viceministros”, se hizo la declaratoria de culpabilidad contra Mario Zelaya, Javier Pastor y Carlos Montes el pasado 3 de marzo de 2017 durante el desarrollo de un juicio oral y público en el que se acreditó que los imputados.

La investigación indica que recibieron, por sí y a través de otras personas, cantidades de dinero superiores a los 51 millones de lempiras a cambio de agilizar pagos consecuencia de los contratos suscritos entre empresas privadas y el IHSS.

Tales operaciones financieras nacionales e internacionales provocaron la incorporación de recursos de fuente ilícita al sistema bancario hondureño.

Comenzaron en el año 2011 a raíz de que Mario Zelaya solicitó millonarias coimas a la Compañía de Servicios Múltiples (COSEM) para que Javier Pastor y Carlos Montes, ambos miembros de la Comisión de Verificación del contrato denominado “Contratación de Servicios Profesionales de Organización, Digitación, Automatización, Sistematización de Archivos y Bases de datos de Planillas y Tarjetas de Afiliación de la Cuenta Individual del IHSS”, les aligeraran los trámites y no les pusieran ninguna objeción al momento de efectuar los pagos.

Tal contrato ascendió a L. 376,318,250.00 / $ 19,775.000.00.

Los funcionarios públicos trataron de ocultar su origen ilícito, siendo beneficiado Mario Zelaya con $ 2,131,924.00, a través de pagos a las empresas C&M Motors ($.28,200.00 a compañía constituida en EEUU por su hermano Carlos Zelaya), Tour Operadora ($.20,000.00 para compra de pasajes), Inversiones Novaterra ($.513,040.00 para compra de inmuebles), Inversiones y Desarrollo Ética ($.359,000.00 para compra de inmuebles), Mahony Title Land Service ($.1,080,000.00 para compra de bienes en EEUU) y REASA ($.5,684.00 para compra de vehículo).

Además hubo pagos a Mario Zelaya Palencia ($.21,000.00), Vanessa Velásquez Lanza ($.70,000.00) y a la chilena Natalia Patricia Ciuffardi Castro ($.35,000.00).

Javier Pastor recibió dádivas de $.235,00.00 de las cuales $.85,000.00 fueron en transferencias directas a su persona y $.150,000.00 a nombre de Mariscos Hybur un negocio propiedad de la familia de la esposa, mientras que Carlos Montes se favoreció de forma ilegal con $.150,000.00 que le fueron transferidos a través de un empresario residente en EEUU de nombre Carlos E. García (cuñado del encausado).

En base a estos hechos, la Unaf solicitó el 5 de abril de 2017 que se imponga a los sentenciados una pena máxima de 24 años de reclusión, 20 por lavado de activos y 4 por cohecho pasivo impropio, en base a lo que establece el artículo 27 del Código Penal en su numeral 9 relacionado a las circunstancias agravantes, planteamiento sobre el que se hoy se pronunciará la Sala I del Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional, tras casi dos años de espera para que emitiera una determinación final.