23/04/2024
01:07 PM

Hoy entra en vigor la nueva Ley de Protección Social

San Pedro Sula, Honduras.

Hoy entra en vigor la nueva Ley Marco de Protección Social que asegura al menos el 50% de las prestaciones de los nuevos trabajadores y ampliará la red de cobertura y servicios médicos que ofrece actualmente el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).

Según indica la normativa en su artículo 30, los patronos deberán depositar a partir de octubre en una cuenta de reserva laboral en una administradora de fondos de pensiones (AFP) y Cesantía a nombre de los trabajadores, el 4% que será calculado sobre su salario. Este porcentaje será implementado gradualmente con el fin de evitar que la nueva aportación cause un impacto fuerte en el sector empresarial privado.

La ley da un período de 30 días para que el Consejo Económico y Social (CES) junto con la empresa privada y los representantes del sector obrero determinen la cuota inicial y gradualidad en que se llegará al techo máximo de aportación.

“Nos estamos reuniendo todas las semanas para llegar lo antes posible a un consenso sobre el porcentaje de aportación inicial que se debe comenzar a depositar en octubre. Solo el sector maquilador ha definido el tiempo y forma de la aportación, que iniciará en 0.66% y tendrá una gradualidad de 6 años”, detalló Carlos Madero, titular de la Secretaría de Trabajo.

Se entregará de inmediato

La nueva aportación será mensual y “una vez que cese la relación laboral, indistintamente del motivo, el trabajador podrá disponer del dinero acumulado en la AFP y Cesantía, que deberá ser del 50% del total de las prestaciones más los intereses que estos fondos hayan generado, el otro 50% para llegar a un 100% lo pagará el empleador, si así lo establece el Código de Trabajo vigente”, aclaró Madero.

En el caso de los trabajadores que tienen antigüedad laboral solo tendrán en la AFP y Cesantía lo acumulado desde la entrada en vigor de la ley hasta el día que termine su relación laboral. Los ahorro de las aportaciones que los trabajadores han realizado durante sus años de servicio al Régimen de Aportaciones Privadas (RAP) pasará a una cuenta de APF y Cesantía.

El dinero podrá ser retirado para su uso personal una vez que termine la relación laboral entre patrono y trabajador, según lo establece la ley del RAP (seis meses después del cese de labores el 50% y seis meses después el otro 50%), detalló José Luis Baquedano, representante obrero ante la junta directiva. El RAP, que se constituirá como una AFP-Solidaria, será el primer receptor de estos fondos durante los primeros 18 meses de vigencia de la Ley de Protección Social.

Las AFP y Censatías de la banca privada entrarán en operación hasta que se cree y apruebe la nueva Ley de Administración de Fondos de Pensiones y Cesantías que regulará a todas las instituciones financieras que ofrezcan este servicio. Esto dará a los trabajadores la libertad de elegir donde depositar sus fondos.

Falta normativa

Aunque en teoría la normativa ya está en vigor, en la práctica no. “La estructura total de la ley comenzará a aplicarse hasta que se diseñe un plan que permita que la ley sea sostenible financieramente y que los contribuyentes puedan cumplir con las exigencias de la ley”, aseguró Emín Abufele, vicepresidente del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep).

Abufele recalcó que la prioridad de esta ley debe ser resolver definitivamente el problema de atención hospitalaria que enfrentan los trabajadores con el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS). “Uno de los puntos que sugerimos y que fue incluido en la ley fue la creación de una red privada de salud, para que el trabajador escoja dónde quiere ser atendido”. Añadió que las clínicas que deseen formar parte de la Red de Unidades Prestadoras de Servicios de Salud deben participar en una licitación. “Se pagará solo por los servicio prestados”. subrayó.

La ley de Protección Social también establece un nuevo régimen del seguro de previsión social, donde el 3% de las aportaciones actuales al RAP (1.5% patrono y 1.5% trabajador) y el 3% al IHSS (1.5% patrono y 1.5% trabajador). Más el aporte solidario del Estado del 0.5%, pasarán completamente al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).