24/04/2024
10:25 PM

Susano mató a Collier y sus amigos lo encubrieron

  • 08 diciembre 2018 /

Tegucigalpa, Honduras.

Agachado y limpiando con sus manos las lágrimas que rodaban por su rostro, escuchó Carlos Alfredo Alvarenga Romero, alias Susano, las conclusiones que en base a lo presentado por las partes, la sala II del Tribunal de Sentencia consideró para encontrarlo culpable por el homicidio del Carlos Emilio Collier Núñez.

A falta de prueba directa, fueron los indicios los que llevaron a los jueces a sacar deducciones de lo ocurrido la noche del 11 de octubre de 2017, donde según la lectura que hizo ayer pasadas las 11:00 am el juez Mario Díaz: “Carlos Alfredo Alvarenga Romero departió ese día con los jóvenes, estaba en el lugar donde ocurrieron los hechos, lo que determina que él estaba en el lugar. Carlos Alfredo Alvarenga buscó a Collier en su casa, Carlos Alfredo iba al lado de la puerta izquierda, al lado izquierdo de Carlos Emilio Collier. Una vez ocurridos los disparos, es Carlos Alfredo Alvarenga quien tiene el arma en su mano y esa arma desapareció y fue Carlos Alvarenga quien se encargó de desaparecerla”.

Esos indicios son los que dejaron claro al tribunal que en la muerte de Carlos Collier no hubo otra posibilidad, Susano fue quien disparó el arma y dos de esos impactos cegaron la vida del universitario.

El resto de los implicados, Olga María López Ferrufino, James Alexander O’Connor Márquez, José Carlos Zamora Mejía y Elías Taufic Chaín fueron condenados por el delito de encubrimiento.

El 17 de enero a las 9:00 am se realizará la audiencia de individualización de la pena para los cinco condenados.

LEA: Carlos Alvarenga alias 'Susano' es declarado culpable por homicidio de Carlos Collier

AUTOPSIA

Desde un inicio se estableció que la manera de muerte de Carlos Collier fue homicida, que fueron dos balazos los que le cegaron la vida y produjeron una fractura en el cráneo. Esa prueba descartó la teoría de un suicidio, e hizo que con más fuerza la familia exigiera justicia.

Carlos Emilio Collier Núñez. Foto en vida.

El fallo.

Ante las dificultades para el tribunal de no contar con prueba directa, se basaron en los indicios porque nadie vio, “solo los jóvenes saben qué ocurrió ese día; que todas las escenas en el crimen de Collier fueron modificadas, se alteró el vehículo donde murió, lo limpiaron, los jóvenes se cambiaron la ropa que portaban al momento de la muerte y la limpieza que hicieron en las casas donde estuvieron después de la muerte”.

A esto se sumó el silencio que guardaron los cinco acusados, como un derecho que tienen en el juicio y que la prueba técnica científica no fue adecuada o conducente.

Con esas dificultades, el tribunal valoró de los medios probatorios y como conclusiones planteó: “que el miércoles 11 de octubre de 2017, entre las 10:35 a las 10:45 pm, Carlos Alfredo Romero buscó a Collier en su casa, conversó dos minutos con su padre y se retiró luego de la vivienda. Minutos después Collier salió de su casa y subió a un vehículo azul que era conducido por James O’Connor y como copiloto iba Olga María López. Carlos Alfredo Romero iba en la parte trasera del conductor, pegado a la puerta izquierda; Carlos Emilio Collier iba a su derecha, seguido de Elías Taufic Chaín y de José Carlos Zamora.

Carlos Romero disparó y dos de los impactos cegaron la vida de Collier. Minutos después los cinco jóvenes, tomaron el cuerpo de Carlos Emilio Collier y lo fueron a dejar a un depósito de basura de la colonia Loarque”. Esos hechos que aseguró el tribunal, acreditaron la prueba en el debate.

A la sala II del Tribunal de Sentencia llegaron amigos y familiares de los acusados y de la víctima Carlos Collier.

Las tesis en el caso.

El tribunal rebatió la tesis de la defensa, que argumentó que esos disparos se produjeron de manera accidental, pero en base al principio de la mecánica de las armas, “ningún arma puede dispararse accidentalmente, tiene que ser accionada”.

Con la tesis de la defensa que fue accidental, el tribunal se preguntó: “¿Cómo fue ese accidente?, ¿cómo pudo acreditar la defensa ese accidente?”.

En el fallo, el tribunal expuso que el argumento de la defensa fue que Carlos Collier se disparó solo y que la prueba es que “la sangre en el vehículo aparece detrás del asiento del conductor y efectivamente eso fue así. Pero las pruebas de luminol revelaron el lugar donde iba sentado Collier esa noche”, descartando el argumento presentado por la defensa.

Foto: La Prensa

Fallo: “Carlos alfredo alvarenga tuvo el arma en su mano y luego desapareció el arma, es Responsable del homicidio”

El resto de acusados.

El tribunal concluyó que las partes no probaron qué papel jugaron Olga María López Ferrufino, James Alexander O’Connor, Elías Taufic Chaín y José Carlos Zamora. “No se probó que se pusieron de acuerdo para cometer el crimen de su amigo y tampoco se probó que hubo complicidad de los cuatro jóvenes porque no participaron en actos anteriores o simultáneos al hecho”, dijo el juez Mario Díaz.

Por lo tanto el tribunal determinó que los cuatro jóvenes son los responsables del delito de encubrimiento porque ocultaron el cuerpo del delito. “Sacaron el cuerpo de Carlos Collier, probablemente lo metieron en la cajuela porque allí se encontraron rastros en la prueba de luminol y lo fueron a depositar al basurero. Ocultaron sus ropas y se regresaron tranquilamente a sus casas” agregó el juez.

A criterio del tribunal, a los cuatro jóvenes no se les pudo considerar coautores, delito imputado por la Fiscalía, porque nunca tuvieron domino del hecho.

Los jueces también se refirieron a la tesis presentada por la defensa técnica de la parte acusadora, que estableció que son autores porque Carlos Collier sobrevivió algunos minutos, pero se consideró que no se pudo verificar que ciertamente eso hubiera ocurrido. “Esa solo fue una tesis de la acusación privada, pero no se probó debidamente como para tener la certeza que una vez ejecutado el disparo el joven quedó herido y que vivo lo fueron a depositar al basurero”.

Afirman que en este caso hubo una total manipulación de las evidencias. “El Tribunal considera que es detestable tomar a una persona que es nuestro amigo y lo vayamos a tirar al basurero, pero, la ley no lo contempla como delito, por lo tanto lo que corresponde es el delito de encubrimiento”, afirmaron los jueces.

Culpables.

Ansiedad y tensión vivieron los acusados y sus familias cuando el juez pidió ponerse de pie a los cinco jóvenes. El último en pararse fue Carlos Alvarenga, todos vestían de blanco, Susano nunca miró al juez cuando en la lectura lo declaró responsable del delito de homicidio de Carlos Emilio Collier.

Los cuatro jóvenes, con sus rostros desencajados escucharon cuando el tribunal los declaró responsables del delito de encubrimiento. Tras escuchar el veredicto, los cinco jóvenes se sentaron y voltearon a mirar a sus parientes, quienes con el rostro desencajado recibían el fallo del tribunal.

Asdrúbal Murillo, defensor de Olga María López, de inmediato solicitó al tribunal que se impongan, mientras quede firme la sentencia, medidas cautelares distintas a la prisión preventiva para su representada en vista que el delito trata de penas menos graves que llevan de tres a cinco años de cárcel.

Los defensores de James Alexander, James Oconnor, Elías Chaín y José Carlos Zamora se sumaron a la solicitud, a la que se opuso tanto el Ministerio Público como la parte acusadora de la familia Collier.

Fue denegada por el tribunal en vista que en ese momento no se podía solicitar el cambio de medidas.

El Código Penal establece una pena de 15 a 20 años de reclusión por el delito de homicidio, mientras que por encubrimiento es una condena de 3 a 5 años de reclusión, la que podrán conmutar los acusados en amparo a los artículos 182 y 445 del Código Procesal Penal.

Tras concluir la audiencia, los condenados se dirigieron hacia sus familiares, se abrazaron y lloraron ante la resolución que los condena por su participación en la muerte de Collier.

La Fiscalía y la parte acusadora anunciaron que llevarán el fallo emitido ayer por la sala II del Tribunal de Sentencia a casación para pedir que se condene a Olga María López, Elías Chaín, James Oe_SSRqconnor y José Carlos Zamora por el delito de coautores.

La defensa exigirá el cambio de medidas mientras irán a casación por el fallo que condena a los amigos de Carlos Collier por su muerte.