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Alcalde de Jocón quedó libre tras contradicción de testigos

  • 28 abril 2016 /

San Pedro Sula, Honduras.

Porque los testigos de la defensa del alcalde de Jocón, Yoro, Santos Gabriel Elvir Arteaga, desvirtuaron a los que presentó la Fiscalía ayer, el Juzgado con Jurisdicción Nacional lo libró de responsabilidad provisional en el asesinato del regidor nacionalista Wilmer Geovany Puerto Fúnez y otras tres personas más.

Las declaraciones de los testigos de la Fiscalía Contra la Vida fueron incorporadas por lectura durante la audiencia inicial en contra del alcalde y lo señalaban de haber estado en el lugar donde fueron emboscados el regidor Puerto Fúnez el 27 de marzo de 2015 en la aldea Achotales, de Jocón, Yoro, cuando se conducía en un pick up doble cabina color blanco. El testigo protegido de la Fiscalía durante todo el proceso acusatorio del cual hicieron diligencias en agosto de 2015 en Jocón, afirma que a eso de las 6:00 am vio un carro Land Cruiser, rojo, el cual era conducido por el alcalde Santos Gabriel Elvir, el que iba por la carretera de la comunidad de Achotales.

Describió que en la paila de ese mismo vehículo vio que iban unos 14 hombres con vestimenta moteada y armas de grueso calibre. Otro de los testigos de la Fiscalía dijo que antes de que fueran emboscadas las víctimas estaba reparando un cerco de una propiedad de un ciudadano de Jocón que lo había contratado para que hiciera el trabajo. Relató que vio que el alcalde iba en el carro y a unos 20 metros de distancia escuchó que Santos Elvir le dijo a uno de los sujetos: “Cuidado me dejan vivo a ese perro”, y el sujeto le contestó: “No se preocupe patrón, nosotros le hacemos la vuelta”.

Un tercer testigo con el que acusaron al alcalde de cuatro asesinatos y tres delitos de asesinato en su grado de ejecución de tentativa, aseguró haber ido en la paila del carro que fue atacado por los hechores, pues les habían dado “jalón”. Esas declaraciones de los testigos de la Fiscalía fueron desvanecidas con los testimonios de personas propuestas por la defensa del alcalde Santos Elvir.

Foto: La Prensa

Al salir de la audiencia, el alcalde se abrazó con su hija y su hermano.
Uno de esos testigos iba en la paila del carro que era conducido por el regidor Wilmer Geovany Puerto Fúnez y afirmó que tomaron el carro en la aldea Alta Cruz y que se dirigían hacia el aserradero de Puerto Fúnez adonde iban a trabajar. Añadió que durante el trayecto de al menos 15 minutos nunca se pararon para darle jalón a ninguna otra persona contradiciendo con esta versión al testigo de la Fiscalía que indicó haber visto el vehículo Land Cruiser conducido por el alcalde en el que iban los hombres armados que luego los emboscaron.

El abogado Marlon Duarte, defensor del alcalde, también llevó a declarar a un trabajador del alcalde a quien en la emboscada le hirieron un hijo. Ese señor ante el juez que lo juramentó afirmó que el alcalde Santos Elvir Arteaga llegó antes de las 6:00 am a su aserradero, adonde permaneció hasta las 6:30 am. “Yo estaba con el alcalde cuando me avisaron que mi hijo estaba tirado”.

Criterio del juez

En su resolución, el juez afirmó que la Fiscalía no presentó la mínima actividad probatoria de la participación del imputado, ya que todos los testigos que declararon nunca vieron el carro del alcalde y tampoco a él en el trayecto adonde ocurrió la emboscada. Manifestó que no podía ser posible que en una misma carretera en la que no había otros desvíos solo un testigo de la Fiscalía que iba en el carro emboscado haya visto el auto del alcalde y ninguno de los otros 12 o 14 hombres que iban en la paila lo observaron cuando se suponía venía de dejar a los supuestos sicarios.

Para el juez no fue creíble la versión del testigo de la Fiscalía que aseguró que el dueño de una propiedad cercana adonde ocurrió la emboscada lo había contratado para reparar un cerco y estando el 27 de marzo de 2015 en la mañana escuchó que el alcalde dio la orden para matar al regidor.

Las declaraciones de los testigos de la defensa fueron suficientes indicios para que el juez decretara un sobreseimiento provisional, pues no había plena prueba de la comisión del delito, no hay indicio racional de que el imputado haya tenido participación.

El sobreseimiento provisional, según el artículo 295 del Código Procesal Penal, también es otorgado por el juzgado cuando las pruebas presentadas dan margen a sospechar que sí tuvo participación y existe la posibilidad de que se incorporen nuevo elementos de prueba, para lo que hay un término de cinco años para que la Fiscalía realice esas diligencias.Audiencia.

El desarrollo de la audiencia inicial del alcalde Santos Gabriel Elvir Fúnez se celebró el 27 de abril en la que tanto la Fiscalía y la defensa presentaron sus pruebas y alegatos. Ayer a las 12:15 pm, el alcalde salió de la sala de audiencia por el pasillo de los juzgados de lo penal, adonde fue recibido por sus familiares que se mantuvieron esperando un fallo favorable, pues indicaban que era una acusación injusta.

Fabricación

Entre los alegatos de la defensa denunció que durante el proceso en contra del alcalde Santos Elvir hubo una fabricación de pruebas entre el fiscal que llevó el caso desde agosto de 2015 y los agentes que hicieron la investigación.

La supuesta fabricación de pruebas de las que el juez no se pronunció en su resolución señalan que se hicieron en las diligencias practicadas en Jocón, Yoro, y Tegucigalpa, pues ejecutaron un allanamiento en término de tres horas. El informe de la defensa establece que la solicitud de allanamiento se hizo el 10 de agosto de 2015 a las 9:37 am en Tegucigalpa y a las 10:15 am resolvieron dicha petición y ese mismo día a las 11:05 am ejecutaron el allanamiento de la casa del alcalde Santos Elvir en la colonia El Calvario, de Jocón, Yoro.

Asociación

El Ministerio Público pese a que dio a conocer un esquema de una supuesta organización criminal denominada banda de los Solís, en la cual sindicaron como jefe de la misma al alcalde Santos Gabriel Elvir, nunca lo acusaron del delito de asociación ilícita. En la audiencia que enfrentó solo le imputaron cuatro delitos de asesinato y tres de asesinato en su grado de ejecución de tentativa.

“Colibrí”

Las autoridades del MP empredieron la operación “Colibrí”, de la cual el principal objetivo era el jefe edilicio de Jocón; pero en esa acción efectuada en agosto de 2015 solo lograron capturar a 17 hombres.

Las órdenes de captura fueron emitidas en contra de Douglas Darío Sandoval Juárez, Yoran Howar Portillo Betancourt, Francisco Javier Martínez Tróchez, Roberto Arturo Martínez Tróchez, Eli Isabel Martínez Sandoval, José Faustino Almendárez Martínez, Miguel Ángel Almendárez Martínez, José Antonio Reyes Martínez, Héctor Omar Quezada Tróchez, César Luciano Martínez Velásquez y Walter Josué López Martínez. De los sospechosos algunos guardan prisión porque los testigos de la Fiscalía los identificaron por algunas de las características físicas, otros están prófugos acusados por varios delitos de asesinato.