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Asesino del exdefensor de Lena Gutiérrez, sentenciado a la pena mínima

  • 12 septiembre 2017 /

Hace dos años, Rigoberto Paredes le infirió 24 puñaladas al abogado Eduardo Montes.

Tegucigalpa, Honduras.

El 16 de septiembre de 2015, a las 10:40 de la mañana, el abogado Eduardo Montes Manzano salía de su oficina ubicada en el piso 14 del edificio Metropolis del bulevar Suyapa de Tegucigalpa cuando en el ascensor fue atacado por Rigoberto Paredes Vélez, quien portaba un arma blanca. El joven le infirió 24 puñaladas, causándole la muerte de manera inmediata.

Este martes se conoció el fallo del Tribunal: Rigoberto Paredes Vélez, asesino confeso del abogado Eduardo Montes Manzano, sentenciado a 20 años de prisión por el delito cometido.

Ese 16 de septiembre, después de conseguir su cometido, el imputado intentó darse a la fuga, pero fue detenido en el interior del edificio por la seguridad privada del establecimiento comercial.

Eduardo Montes era el defensor de la exvicepresidenta del Congreso Nacional en el caso Astropharma, por el cual se vincula a Lena Gutiérrez y tres miembros de su familia y 12 personas más a la venta irregular de medicina a la Secretaría de Salud.

LEA: Confesión de Rigoberto Paredes sobre crimen de abogado Montes

'Tengo amigos que perdieron a su familia, tengo una amiga que perdió a su tío en el Seguro, tenía cáncer y no lo atendieron, nada (...) Yo trabajo en la oficina del lado, en el piso 14, lo maté, nadie me mandó a hacer nada. Hice solo esto. Lo quería matar y lo hice', confesó ante los guardias, al ser capturado.

Minutos más tarde se presentaron fiscales, miembros de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (Atic), médicos forenses y elementos de la Policía Nacional, quienes tomaron el control de la escena del crimen.

Cabe señalar, que las investigaciones dirigidas técnica y jurídicamente por Fiscales de Delitos Contra la Vida, se sustentaron en múltiple prueba científica generada por distintas dependencias del Centro de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público.

El Ministerio Público había solicitado una pena de 25 años de prisión, fundamentando tal petición en el artículo 27 del Código Penal que establece como circunstancia agravante “cometer el delito con odio o desprecio en razón ideología u opinión pública de la víctima.

El artículo 117 del Código Penal establece, en el numero 4, que 'La pena por asesinato será de veinte (20) a treinta (30) años de reclusión y cuando se cometiese mediante pago, recompensa o promesa renumeratoria, o se acompañase de robo o violación, la pena será de treinta (30) años a privación de por vida de la libertad'.