Por increíble que parezca, en el mundo existen al menos 200 millones de personas menores de cinco años que no tienen identidad.
La sampedrana Victoria Paz (de 26 años) es una de esas personas. Ella socialmente es conocida por ese nombre con el que sus padres la llamaron desde el día en que nació, pero del que no existe rastro alguno en la base de datos del Registro Nacional de las Personas.
La joven relató que nunca antes se había preocupado por inscribirse, pero en pocos meses se convertirá en madre y debido a su situación legal será complicado que registre a su bebé.
Ella jamás ha podido hacer un trámite legal ni abrir una cuenta bancaria.
Ventanillas
El Registro ha incorporado oficinas auxiliares en hospitales para que, inmediatamente que nazca un bebé, se procese su registro.
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Son muchos los problemas que acarrea a una persona no estar inscrita en el RNP, entre estos: trámites bancarios y legales. El último censo de Población y Vivienda del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), señala que unos 11,000 menores de 18 años de edad no están inscritos en el RNP del departamento de Cortés.
Acciones
Nuevas medidas aplicará el Registro Nacional de las Personas (RNP) para garantizar el derecho a una identidad, que por sí misma constituye el pase de acceso a otros derechos fundamentales como vivienda, salud y educación.De acuerdo con la reforma al artículo 53 de la Ley del RNP, los nacimientos ocurridos en el territorio nacional se inscriben en el Registro dentro del plazo de los seis meses siguientes al nacimiento. Si no se hace la inscripción en el término legal establecido, los interesados deberán hacer uso del trámite de reposición por omisión ante cualquier oficial civil departamental. La sanción por no registrar a un niño es de hasta un salario mínimo.
Pasos para una inscripción por omisión
Cuando se hubiere omitido la inscripción de un recién nacido, los interesados solicitarán su reposición y deberán hacer uso de los medios probatorios
siguientes: 1-Constancia de no encontrarse inscrito en el libro correspondiente extendida por el Registro Civil con competencia en el lugar del nacimiento. 2-Declaración testifical de dos o más personas, mayores de edad, vecinos del mismo lugar de origen o del domicilio de la persona cuya inscripción se solicita.
3-Certificaciones de inscripción de nacimiento o defunción del padre o madre.
4-Constancia de nacimiento del hospital donde nació.
5-Carné de vacunación o fe de bautismo.
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Nidia Alvarenga, socióloga, consideró que el no tener identidad hace a los niños más vulnerables al abuso, a la explotación, a la trata, a la adopción ilegal y a la discriminación. Esos niños son quienes están más expuestos a la mortalidad, a la desnutrición crónica, a la deserción, al trabajo infantil y a diversas enfermedades por falta de vacunación.
“Si continúan su vida en esa situación no podrán votar o tener un cargo electivo, no tendrán un trabajo formal ni tampoco podrán tener propiedades”, agregó.