La Corte Suprema de Justicia (CSJ) no emitió la opinión sobre el veto presidencial a la reforma de la Ley de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito que le solicitó el Congreso Nacional.
El 5 de julio venció el plazo de 90 días dentro del cual el Poder Legislativo solicitó al Judicial que expusiera un juicio sobre el veto a esa norma, proceso en el que debía incluir a la Comisión Interinstitucional de Justicia Penal.
Para saber
El caso que abrió el debate sobre la Ley de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito fue el embargo de las propiedades de la ex primera dama Rosa Elena Bonilla de Lobo. Sus bienes le fueron devueltos.
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La discusión sobre la constitucionalidad de esa ley ha provocado el temor en diversos sectores de la sociedad de que sea anulada.
Según algunos expertos del Gobierno en materia de privación de dominio, para discutir el tema se deben analizar casos como los de El Salvador en donde la Sala Constitucional de ese país declaró inconstitucional las reformas a Ley de Extinción de Dominio y de la Administración de los Bienes de Origen y Destinación Ilícita.
El fallo del supremo de El Salvador determinó que la declaración de comiso no es una sentencia de culpabilidad contra una persona, sino, una sentencia sobre el origen de un bien.