17/04/2024
01:05 AM

Reforma a Ley de Tarjetas no permitirá sobreendeudamiento

Tasas de interés aplicables quedan indexadas al promedio del sistema financiero

San Pedro Sula Honduras

Las reformas a la Ley de Tarjetas de Crédito, aprobada anoche en el Congreso Nacional, promete corregir situaciones que agobian a muchos hondureños, entre las cuales destacan las medidas para evitar el sobreendeudamiento.

Hablando de las tasas de interés aplicables, la nueva normativa establece que estas estarán indexadas a las tasas promedio anual en el sistema financiero nacional, la cual es de alrededor de 20.18%.

Esta tasa se incrementa por un factor multiplicador de 2.68%, lo cual da como resultado una tasa máxima de 54.08%.

El diputado Walter Romero, miembro de la comisión de dictamen de a la reforma explicó que “al quedar amarrada a esta tasa promedio anual activa del sistema financiero, va a tender a la baja, lo que va a hacer que estos promedio de tasa de interés anden en un 49, 48 y hasta en un 45% a medida vayan transcurriendo los años.

Otros beneficios

Junto con la reducción de los intereses la reforma aprobó otros beneficios para los tarjetahabientes hondureños.

Como se mencionó al comienzo, uno de ellos es que prohíbe a los emisores de tarjetas permitir que los clientes se sobreendeuden, una práctica conocida como sobregiro.

La lista, contenida en el artículo 38-A de la ley también incluye lo siguiente:

-Los emisores no podrán hacer cargos por rehabilitación de la línea de crédito por incumplimiento de pago

-Tampoco podrán aumentar el límite de la línea de crédito sin el consentimiento expreso del cliente y tomando siempre en cuenta la capacidad de pago de este.

-No podrán cobrar nuevos cargos en concepto de comisiones por servicios que no hubieren sido incorporados al contrato o incrementar los cargos por comisiones ya pactadas, a menos que hayan sido autorizados expresamente por el tarjetahabiente.

- Tampoco podrán ofrecer cualquier producto o servicio financiero a los tarjetahabientes por medio de mensajes de texto y llamadas telefónicas, sin previa autorización del cliente.

-Adicionalmente, no podrán cargar cuotas de préstamos, financiamientos o extrafinanciamientos de cualquier tipo en las tarjetas de crédito.

Estas disposiciones entrarán en vigencia el día de su publicación en el diario oficial La Gaceta.