19/04/2024
03:42 PM

Declaran inadmisible recurso de magistrados destituidos

Además anunciaron rotaciones en salas Penal y Civil de la Corte Suprema de Honduras.

Al pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) le tocará ahora resolver los dos
recursos de inconstitucionalidad contra la destitución de los cuatro magistrados por el Congreso Nacional en diciembre de 2012.

Ayer, los cinco miembros de la Sala Constitucional especial resolvieron declarar inadmisible
los amparos registrados con No. 1019-2012 y el 1026-2012, interpuestos el primero por la Barra de Abogados Hondureños Anticorrupción y el segundo por los cuatro magistrados destituidos: José Antonio Gutiérrez Navas, Rosalinda Cruz, Gustavo Bustillo Palma y Francisco Ruiz Gaekel. Estos fueron destituidos por el Congreso Nacional el pasado 12 de diciembre; en esa fecha se presentaron ambos recursos.

Los cinco miembros de la Sala Constitucional especial, integrada por el presidente de la CSJ, Jorge Rivera Avilés, quien la coordina, los magistrados Tomás Arita Valle, Raúl Henríquez, Danery Medal y José Antonio Mejía emitieron una resolución tras reunirse por espacio de cinco horas.

La Sala Constitucional votó cuatro a
uno, y al no existir unanimidad en el fallo, el mismo deberá ser conocido por el pleno de magistrados de la CSJ.

Los magistrados Jorge Rivera Avilés, José Tomás Arita Valle, Danery Antonio Medal Raudales y José Antonio Mejía Mejía votaron en contra del amparo; Raúl Antonio Henríquez Interiano lo hizo a favor.
En primer término decidieron acumular en un solo expediente ambos amparos, para mantener la unidad y continencia de las acciones.

Asimismo, “rechazar de plano su admisión ordenándose al no existir unanimidad remitir los antecedentes al pleno de la Corte Suprema de Justicia en cumplimiento a lo establecido por el artículo 316 constitucional y 8 de la Ley Sobre Justicia Constitucional”, cita la notificación en la Secretaría de la Sala Constitucional.

Además de los cinco que integran esta Sala, el pleno especial que resolverá los amparos está conformado por los magistrados de Apelaciones: Marlene Pérez, María Luisa Ramos, Adela Kafaty, Rodrigo Girón, Manuel Pacheco, Rina Alvarado, Mirian Barahona, Garin Urquía, Karla Ferrera y Clemente Gámez.


Los 15 se reunirán a más tardar el próximo miércoles para resolver los amparos.
Rotaciones en salas

Jorge Rivera Avilés, presidente de la Corte Suprema de Justicia, notificó en un oficio la rotación de coordinadores de las cuatro salas que componen este Poder del Estado.

Decidió ratificar a Óscar Chinchilla en la presidencia de la Sala Constitucional.

El magistrado Jacobo Cálix Hernández es el nuevo coordinador de la Sala Penal. La Sala Civil es coordinada por Raúl Henríquez, y la Laboral por Víctor Martínez Silva.
La rotación de las coordinaciones de sala se realizan los 25 de enero de cada año.


En esta oportunidad la nueva integración es efectiva a partir del 28 de enero, por el término de un año.

En el oficio llamó la atención el traslado de Raúl Henríquez de la Sala Penal a la Civil, en sustitución de Marco Zúniga, quien pasa a la Penal. No es usual que se cambie a un magistrado de Sala.

Trascendió que la decisión obedeció a diferencias personales de Zúniga con la magistrada Edith López, de la Sala Civil.

ONU: Destitución de magistrados es un atentado a la democracia


La relatora especial de Naciones Unidas sobre la Independencia de Magistrados y Abogados, Gabriela Knaul, expresó “su seria preocupación” ante la destitución de cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en Honduras.

“Los principios de estabilidad e inamovilidad del juez son una garantía fundamental para proteger la independencia del Poder judicial, y solo en circunstancias excepcionales se pueden transgredir”, afirmó Knaul, citada en un comunicado.

“La destitución de los cuatro magistrados representa un grave atentado a la democracia en Honduras”, agregó. El Parlamento hondureño destituyó en diciembre pasado a Rosalinda Cruz, José Francisco Ruiz, Gustavo Enrique Bustillo y José Antonio Gutiérrez, por declarar inconstitucionales unas pruebas orientadas a depurar la Policía Nacional.

“Los jueces pueden ser destituidos únicamente por razones graves de mala conducta o incompetencia, tras un procedimiento que cumpla con el debido proceso y las garantías de un juicio justo y que también prevea una revisión independiente de la decisión”, subrayó la relatora especial. “El uso indebido de un procedimiento disciplinario como mecanismo de represalia contra los jueces independientes es inaceptable”, dijo Knaul.

En su opinión, la destitución de los jueces de la Corte Suprema no respetó las normas internacionales que garantizan el derecho a un juicio justo y al debido proceso legal, ni el marco jurídico establecido en los artículos 82, 90, 94, 314 y 317 de la Constitución hondureña.

“El Congreso Nacional de Honduras ejerce un control considerable sobre el Poder Judicial, lo cual es incompatible con el principio de separación de Poderes y la independencia del Poder Judicial, elementos fundamentales de toda democracia y de todo Estado de derecho”, aseguró Knaul.

“Insto a las autoridades de Honduras a que reconsideren la destitución de los cuatro magistrados debido a la falta de debido proceso y garantías a un juicio justo, y a garantizar que el Poder Judicial pueda operar sin presiones, amenazas o intromisiones indebidas algunas”, concluyó.