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Alcaldía de San Pedro Sula incurre en ilegalidad

  • 05 marzo 2013 /

Representantes de Sulambiente revelan que limpieza de bulevares les compete en contrato.


Licitar y adjudicar servicios que ya están comprendidos en el contrato de Sulambiente puede generar responsabilidad legal y abuso de autoridad de parte de la alcaldía, advierten
representantes de la compañía.

Ayer el apoderado legal de Sulambiente, José Manuel Guitérrez Guzmán, interpuso una manifestación en la secretaría municipal donde deja claro que licitaciones como la de parques y bulevares ya están contempladas en el contrato que les fue adjudicado vía sentencia judicial, por lo que pide a la Corporación que se abstenga de seguir licitando y se resanen los que ya se adjudicaron.

El 28 de septiembre de 2001, la entonces Corporación Municipal adjudicó el contrato de presentación de servicios de recolección, manejo y disposición de los desechos sólidos a Sulambiente; sin embargo, el 27 de febrero de 2003 la administración de Óscar Kilgore declaró nulo y fracasado dicho proceso de licitación.

Sulambiente demandó y luego de un largo proceso, la Corte sentenció a la Municipalidad a firmar el contrato, situación que aún no se ha cumplido.

También demandó a la alcaldía a pagar una indemnización de $6,615,794.

Ya adjudicados

Según el representado legal de la compañía, la labor
de limpieza ya está enmarcada dentro del contrato de prestación de servicios.

El manifiesto dice: “Honorable Corporación Municipal, quiero exponer y hacer de su conocimiento ciertos temas actuales que de no tratarse oportunamente pudiesen desencadenar en el futuro resultados no deseables para los intereses de la ciudad de San Pedro Sula.

Es de conocimiento público que la Municipalidad ha publicado en diferentes medios de comunicación avisos de licitación y efectuado adjudicaciones del rubro de la limpieza vial de ciertos parques y bulevares de la ciudad por un monto anual a 60 millones y adicionalmente llamó a la licitación pública número MSPS-SS/01-2013 para el arrendamiento de equipo, cuya recepción de ofertas se llevará a cabo el próximo día 6 de marzo del año en curso a las 10:00 am (...). De lo anterior se desprende de los alcances que cubren ambas licitaciones se encuentran enmarcadas dentro de las actividades establecidas en el borrador del contrato de servicios adjudicado a mi representada en el año 2001 y ratificado posteriormente por la Corte Suprema de Justicia.

Por lo que consecuentemente esta acción choca frontalmente a los intereses de mi representada, ya que hay una clara intromisión de uno de los tres componentes del contrato en referencia”.

Sulambiente, a través de su apoderado legal, llama a la reflexión a la Corporación Municipal y le advierte que estas “acciones consumadas” se enmarcan en el orden penal en los artículos 345 y 349 numeral 1 del Código Penal al haber aprobado una licitación de varios contratos de servicio de limpieza vial de bulevares y parques.

“El objetivo nuestro es ponerlos en conocimiento del riesgo a que se exponen nuevamente las autoridades municipales de turno y de igual forma el riesgo que corren los terceros que hayan sido designados ganadores de estos procesos de licitación, los que nunca tuvieron que efectuarse, ya que claramente contravienen lo ordenado en la sentencia ratificada por la Corte Suprema de justicia”, asegura el manuscrito.