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Aprueban detención del fin de semana

  • 25 mayo 2016 /

La medida alterna a la prisión forma parte de las novedades que tendrá el nuevo Código Penal hondureño.

Tegucigalpa, Honduras.

En el marco de la discusión del nuevo Código Penal, el Congreso Nacional aprobó la pena de detención del fin de semana como una medida alterna de prisión.

La medida consiste en la privación de libertad durante los días sábado y domingo en un centro de detención destinado a tal efecto, con una duración mínima de treinta y seis (36) horas y máxima de cuarenta y ocho (48) horas por cada fin de semana.

No obstante lo dispuesto en el numeral anterior, el juez o Tribunal sentenciador, en consideración a las circunstancias laborales, familiares o educativas del condenado, oído este y el Ministerio Público, puede ordenar que la pena de detención de fin de semana se cumpla en otros días de la semana, cita el artículo relacionado.

Si el condenado incurriera en dos ausencias no justificadas, el juez de Ejecución, sin perjuicio de deducir testimonio por el quebrantamiento de condena, puede acordar que la detención se ejecute ininterrumpidamente en el establecimiento penitenciario más cercano a su domicilio o, en su defecto, en el que el juez designe.

A estos efectos, cada fin de semana equivale a dos (2) días de prisión.

La pena a la que se refiere este artículo tiene una duración mínima de cuatro (4) y máxima de cincuenta y seis (56) fines de semana.