24/04/2024
10:45 PM

Corte Suprema rechaza recursos contra la reelección presidencial

Tegucigalpa, Honduras.

Con la resolución de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que declaró sin lugar dos recursos presentados, la reelección presidencial tiene vía libre.

Los magistrados Lidia Álvarez (presidenta), Jorge Zelaya, Edwin Ortez, Reyna Hércules y Jorge Serrano votaron por unanimidad.

El fallo permite que los expresidentes Carlos Flores, Ricardo Maduro, Porfirio Lobo, Manuel Zelaya Rosales y el actual mandatario puedan buscar de nuevo la silla presidencial.

Melvin Duarte, director de Comunicaciones de la Corte, explicó que el recurso 343-2014 presentado por los integrantes de Libre José Mel Zelaya Rosales, Jari Dixon Herrera, Delia Beatriz Valle y el 0243-2015 presentado por José Antonio Ávila no tienen la legitimación para actuar, según el análisis hecho por los magistrados de la Sala de lo Constitucional debido a que lo pretendido no está apegado al procedimiento legal. “En ese sentido es necesario recordar de dónde emana esta acción, el 7 de septiembre de 2015 solicitaron la nulidad de las solicitudes caídas en estos expedientes acumulados arguyendo que la sentencia dictada en ese proceso violentaba el principio de supremacía constitucional”.

El 9 de noviembre José Antonio Ávila actuando en representación propia y como miembro de la Barra de Abogados Anticorrupción solicitó la nulidad de la sentencia dictada el 22 de abril de 2015 en la cual los exmagistrados de la Sala de lo Constitucional fallaron a favor del recurso interpuesto por el expresidente Rafael Callejas sobre declarar inaplicable el artículo 239 de la Constitución de la República, dando así vía libre a la reelección presidencial en el país.

“En contra de esta sentencia ellos presentan esta nulidad y los magistrados han manifestado los argumentos jurídicos necesarios en relación a esto y establecen tal y como lo señala la Constitución de la República que el recurso de inconstitucionalidad es de naturaleza contradictoria, por lo que esas actuaciones no proceden de parte de personas que no están legitimadas en el proceso”, detalló.