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Mediante licitación pública se obtendrá tecnología para buses

  • 16 diciembre 2015 /

Tegucigalpa, Honduras.

El Congreso Nacional aprobó en su totalidad la Ley de Transporte Público Terrestre, añadiendo varios artículos nuevos a esta normativa.

En el artículo 101, a solicitud del diputado Tomás Zambrano, se incluyó que aquellos empleados de la Dirección General de Transporte que cesen en sus funciones, a raíz de la desaparición de esta dependencia, podrán someterse a un proceso de evaluación y certificación para optar a un puesto en el Instituto Nacional de Transporte.

El diputado Rasel Tomé introdujo un artículo que establece que los servicios consistentes en la adquisición de la tarjeta prepago y los soportes tecnológicos, cámaras, GPS y botones de pánico, deben ser contratados mediante licitación pública internacional de forma que se garantice transparencia en este proceso.

El congresista Nelson Abdalá introdujo otra normativa en el sentido que la modalidad de transporte público BTR (Buses de Transporte Rápido) estará bajo la égida del Instituto del Transporte y se regirá por la presente ley, sin perjuicio del decreto de su creación y convenios ya suscritos.

Seguro

El diputado David Chávez presentó otro artículo nuevo que refiere que “para lograr una adecuada cobertura de protección social de los pilotos y operarios del transporte público, así como de sus dependientes, se debe destinar 1% del total recaudado a través del sistema de tarjetas prepago al Fondo del Plan para la Promoción Solidaria y Auxilio Recíproco (Solidar). Dicho fondo junto con la aportación solidaria del Estado servirá para pagar la correcta afiliación de los referidos trabajadores al sistema de protección social de conformidad a lo que establezcan los reglamentos respectivos”.

El diputado Allan Aguiriano introdujo la norma que establece que el Instituto Nacional del Transporte Terrestre y el Instituto de la Propiedad deberán articular un sistema que permita homologar el número de la concesión con el número de placa que portará cada unidad de transporte, dando prioridad en su implementación a las modalidades del bus urbano, taxi y mototaxi. Dicho sistema deberá entrar en funcionamiento dentro del plazo y en la forma que reglamentariamente se establezca.

Aplicación

El diputado Rolando Dubón Bueso presentó otro artículo sobre la gradualidad en la aplicación de la Ley y que refiere que el Instituto podrá realizar de forma gradual todos aquellos procedimientos o sistemas que por su complejidad requieran de un tiempo prudencial para su implementación.

La ley entrará en vigencia 20 días después de su publicación en el Diario La Gaceta.