16/04/2024
12:06 AM

Gobierno agilizará devolución de excesos en cobro del 1.5%

San Pedro Sula, Honduras.

La junta directiva de la Cámara de Comercio e Industrias de Cortés (CCIC) reiteró en una reunión ayer con Wilfredo Cerrato, ministro de la Secretaría de Finanzas (Sefin), que lucharán por la derogación del 1.5% sobre las ventas brutas.

“La preocupación del Estado es que algunas empresas están evadiendo el fisco. Nuestra contrapropuesta es que se hagan auditorías específicas y que se necesita un Código Tributario objetivo y transparente.

Este es tal vez el anuncio más importante”, refirió Emín Abufele, presidente de la CCIC y vicepresidente del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), en relación con el aviso que hizo Cerrato sobre la primera propuesta de simplificación del Código Tributario, que se presentará en noviembre.

La reunión tuvo el fin de exponer el impacto que está causando el cobro de este impuesto. “Estamos totalmente abiertos para ver casos específicos.

Queremos entrar muy en detalle para ver los datos que maneja la CCIC porque el mismo reglamento permite que a aquellas empresas que al final pagaron más del 1.5 o 0.75% sobre las ventas (dependiendo de la industria) la ley les da el beneficio de hacer una devolución”, explicó Cerrato.

El funcionario reconoció que en el reglamento del artículo 9, decreto 278-2013 (que se refiere al pago de este tributo), no se contempló el plazo para tal devolución; por eso se dará un plazo de 30 días al Estado para devolver el exceso en cobro a las empresas que lo pagaron.

Avances

En la normativa se establece que las personas naturales o jurídicas, por el 1.5%, más lo que debieron pagar del 25% del impuesto sobre la renta (ISR), tienen hasta el 30 de abril para presentar su solicitud de devolución para que se les regrese lo que pagaron de más.

La CCIC conoció casos de empresas afectadas porque la ley no establecía un plazo para dar respuesta a sus solicitudes. Este cobro del 1.5% se hace con los pagos a cuentas; es decir, las ventas que reporte una empresa.

Farmacéuticas, cementaras, empresas que venden servicios públicos y ferreterías son los sectores que tienen la excepción de pagar por adelantado 0.75%, al contrario del 1.5% estipulado de forma inicial.