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CN reconsidera decisión de permitir a dos hombres en moto y lo vuelve a prohibir

  • 17 diciembre 2020 /

En la moción de reconsideración también se aprobó que se excluya de la prohibición a los municipios de Santa Bárbara, Quimistán, Macuelizo, y Nueva Arcadia, en Copán.

Tegucigalpa, Honduras.

Luego de los cuestionamientos de una gran parte de la población e incluso de la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (Dnvt) a raíz de la alta vulnerabilidad en términos de seguridad, el Congreso Nacional aprobó la moción de reconsideración que deja sin efecto la reforma a decreto que eliminaba la prohibición que dos hombres se conduzcan en una motocicleta.

En la moción de reconsideración se establece que se deja sin efecto la derogatoria de los decretos No. 91- 2012 y sus reformas referentes a la prohibición de transportar dos hombres en motocicleta.

Por ser de trascendencia rural, se excluyó del decreto de prohibición que dos hombres circulen en moto a los municipios de Santa Bárbara, Quimistán, Macuelizo, y Nueva Arcadia, en Copán.

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Fue el 9 de diciembre que el Congreso Nacional de Honduras aprobó repentinamente la derogación de a ley que prohibía que dos hombres se transportaran en una misma motocicleta. La derogación del decreto legislativo 91-2012 iba a entrar en vigencia una vez saliera publicada en el diario oficial La Gaceta, cosa que ya no sucederá luego de la reconsideración de los diputados.

Antecedente. En el año 2012 se aprobó la prohibición de dos hombres a bordo de una motocicleta debido a los altos índices de asaltos y sicariato.

Por otro lado, se decidió reformar el artículo 52 de la Ley de Equilibrio Financiero y Equidad social, decreto (194 – 2002), para que el pago de estacionamiento de vehículos decomisados sea de cinco lempiras diarios cuando se trate de predios públicos y 10 lempiras en caso que sean predios privados.

Sobre vehículos decomisados

En esta moción de reconsideración también se aprobó un artículo transitorio en el que se indica que los vehículos decomisados antes de la entrada en vigencia de esta ley, que se encuentren en estacionamientos públicos, deben ser devueltos a sus dueños exentos de multas y cuando estén en predios privados pagarán hasta un 50%.

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Mientras que las motocicletas decomisadas bajo decreto No. 91 – 2012, deben ser devueltas a sus dueños exentas de los pagos de multas y de parqueo en predios públicos, en tanto, en predios privados deber►0n pagaran el 50% de lo acordado.