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Multas, decomiso de unidad, de permiso y hasta cárcel para quienes incumplan protocolos

  • 17 septiembre 2020 /

El servicio de transporte público en la modalidad de pilotaje se realiza en la mayor parte de los municipios de Honduras.

Tegucigalpa, Honduras.

El Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT) sancionará a los operarios del transporte de pasajeros que están dentro del programa de pilotaje y que incumplan el protocolo de bioseguridad aprobado por el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager).

Datos
1. La sanción por parte del IHTT puede alcanzar hasta 3,500 lempiras si la falta es reiterativa por parte de los operarios.

2. El uso de la mascarilla, careta o lentes protectores es obligatorio a la hora de utilizar las unidades de transporte.

El servicio de buses y taxis en la actualidad se presta en la mayor parte de los municipios del país, autorizados después de haberse capacitado.

Operativos

La presencia de los inspectores es de manera permanente en diferentes puntos del país para verificar que se cumpla con las medidas establecidas en el proceso de pilotaje.

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Además, se tiene el apoyo de la Dirección Nacional Vialidad y Transporte y la Fuerza Nacional de Seguridad del Transporte Urbano (FNSTU), con el objetivo de ampliar la presencia en los puestos de control.

Ley de Transporte Terrestre

El personal de la Inspectoría General del Instituto del Transporte al detectar que los operarios no cumplan con las recomendaciones de bioseguridad y, además, que la unidad no reúna las condiciones requeridas, procederán a implementar una sanción.

Como medida se le decomisará la unidad y se le aplicará una sanción administrativa de 2,000 lempiras como lo establece la Ley de Transporte Terrestre por ser considerada una falta muy grave.

Disposiciones

En el caso que los miembros de Vialidad y Transporte los detengan, la sanción será aplicable conforme a lo establecido en la Ley de Tránsito y quedará a disposición si se le suspende o no el salvoconducto que se le otorgó para prestar el servicio.

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Asimismo, si los agentes de Transporte Urbano los requieren por no respetar las disposiciones de las autoridades, se exponen que sean sanciones por el Código Penal que indica en el artículo-186 que establece que por violentar las disposiciones de las autoridades sanitarias y propagar el contagio de una epidemia susceptible afectar a los seres humanos, amerita una pena de seis meses a dos años de cárcel.

Durante el proceso de capacitación los operarios firman un acta de compromiso, donde se les se les hace referencia a las sanciones que se exponen al no cumplir con el protocolo de bioseguridad.

Hasta el momento el IHTT ha capacitado a más de 20,000 trabajadores del sector como parte del proceso para la reactivación del transporte.

Foto: La Prensa

Los operativos permanecen activos en las principales entradas y salidas de las diferentes ciudades.