19/04/2024
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En tres grupos trabajarán 42 instituciones del Estado desde mañana

  • 02 agosto 2020 /

El personal laborará de manera presencial y a través del teletrabajo luego de aprobarse la reactivación de la fase 1 de la economía.

Tegucigalpa, Honduras.

Tras aprobarse la reactivación de la fase 1 de la economía en el país, el Gobierno hondureño informó que el personal del sector público, centralizado y descentralizado que asistirá a laborar a partir del lunes 3 de agosto se dividirá en tres grupos.

Los empleados se presentarán cinco días hábiles a trabajar de forma presencial y tendrán 10 días hábiles de teletrabajo con la debida supervisión de la gerencia de Recursos Humanos correspondiente.

A la semana cada institución dispondrá en su modalidad presencial de aproximadamente el 33% del total del personal, buscando así la protección de la salud de los empleados y los usuarios.

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Quedan exceptuadas de la disposición anterior las instituciones que se han mantenido en primera línea de batalla contra la pandemia, como ser: Seguridad, servicios médicos, servicios públicos y de emergencia.

En cada uno de los tres grupos de personal se deberá contar con el personal idóneo para prestar todos los servicios inherentes a la institución, atendiendo de esta manera y en debida forma a los usuarios en base al último dígito de la identidad, carné de residencia o pasaporte y en los horarios estipulados por el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo (Sinager).

Instalaciones del Banco Central de Honduras en la capital.
El personal de las instituciones públicas debe cumplir todas las normas de bioseguridad y usar el equipo de protección personal que se requieran, en cumplimiento a los protocolos de bioseguridad elaborados por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.

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Es obligatorio el uso de mascarilla, gel de manos, agua y jabón para el lavado permanente de manos, toma de temperatura y desinfección de zapatos tanto para empleados como usuarios.

A partir de este lunes 3 de agosto deberán prestar sus servicios al público las siguientes instituciones:


• 911 Honduras

• Administración Aduanera de Honduras

• Agencia de Regulación Sanitaria

• Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil

• Banco Central de Honduras

• Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda

• Casa Presidencial de Honduras

• Comisión Nacional de Telecomunicaciones

• Comité Nacional de Prevención Contra la Tortura

• Comité Permanente de Contingencias

• Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas

• Correo Nacional de Honduras

• Dirección de la Marina Mercante

• Empresa Nacional de Artes Gráficas

• Empresa Nacional de Energía Eléctrica

• Empresa Nacional de Telecomunicaciones

• Empresa Nacional Portuaria

• Instituto de la Propiedad

• Instituto de Previsión del Magisterio

• Instituto de Previsión Militar

• Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras

• Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola

• Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo

• Instituto Nacional de Migración

• Procuraduría General de la República

• Programa Crédito Solidario

• Secretaría de Agricultura y Ganadería

• Secretaría de Coordinación General de Gobierno

• Secretaría de Defensa Nacional

• Secretaría de Derechos Humanos

• Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social

• Secretaría de Desarrollo Económico

• Secretaria de Educación

• Secretaría de Energía

• Secretaría de Finanzas

• Secretaría de Recursos Naturales Mi Ambiente

• Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional

• Secretaría de Salud

• Secretaría de Seguridad

• Servicio Autónomo de Acueductos y Alcantarillados

• Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria

• Suplidora Nacional de Productos Básicos

Quedan fuera del trabajo presencial el siguiente personal: adultos mayores, mujeres embarazadas o aquellos que padecen enfermedades preexistentes o comorbilidades que comprometan su sistema inmunológico.

En el caso de la Secretaría de Educación, la reactivación corresponde únicamente a sus áreas administrativas, ya que el área docente quedará pendiente en una tercera fase de análisis. De requerirse de una forma necesaria e indispensable del personal con las condiciones antes descritas, deberán tener un dictamen emitido por médicos calificados del Instituto Hondureño de Seguridad Social, que acredite las condiciones en la que se encuentra el trabajador y se deberá determinar si está en condiciones de realizar sus labores en el centro de trabajo o si debe ser asignado a teletrabajo.

Las disposiciones anteriores entran en vigencia a partir del lunes 03 de agosto hasta nuevo aviso y las Instituciones del Estado no incluidas en este comunicado continuaran realizando teletrabajo hasta la autorización de reactivación correspondiente.

La Secretaría del Trabajo y Seguridad Social y a la Policía Nacional son los encargados de la supervisión y la aplicación de sanciones en cuanto al incumplimiento de las medidas de bioseguridad obligatorias, conforme a la Ley.