19/04/2024
09:38 PM

Congreso Nacional extiende vigencia de ley de apoyo a microempresarios

  • 28 noviembre 2019 /

Los comerciantes que sean considerados como micro o pequeña empresa, estarán exentos del pago del ISR.

Tegucigalpa, Honduras

El Congreso Nacional aprobó este jueves extender por dos años el periodo de vigencia de la Ley de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa, a la que se han acogido más de tres mil empresas.

Antonio Rivera Callejas, vicepresidente del Poder Legislativo, presentó la moción para la dispensa de dos debates, por lo que el decreto se discutió en uno solo.

De acuerdo a la reforma. “son beneficiarios de la presente Ley, las micro y pequeñas empresas constituidas o que se constituyan, o aquellas que hayan venido operando informalmente y se formalicen, cumpliendo con lo señalado en la presente Ley, en un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto”.

LEA: Cómo recibir los beneficios de la Ley de Apoyo a la Microempresa

Cabe mencionar que los microempresarios deben tramitar sus permisos, licencias nacionales y municipales correspondientes para su operación, en caso de no realizarse no gozaran de los beneficios que ofrece la mencionada ley.

Beneficios

Uno de los beneficios de la Ley de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa es que los comerciantes que sean considerados como micro o pequeña empresa, estarán exentos del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR). También estarán exentos del Impuesto al Activo Neto y Aportación Solidaria Temporal.

La micro o pequeña empresa estará libre del anticipo del uno por ciento en concepto del ISR pero deben quedar inscritos en un Registro de Exonerados a cargo de la Secretaría de Finanzas.

Las micro o pequeñas empresas, estarán exentas del Impuesto Personal, Impuesto Sobre Industrias, Comercios y Servicios de las Corporaciones Municipales.

Los beneficiarios de la presente Ley durante un periodo de tres años, estarán exentos del pago por concepto de tasas registrales relacionadas con el acto de constitución de la empresa, tasas municipales, cobro por cargos para la emisión de actos administrativos, licencias u otros conceptos necesarios para su operación.