Miles de hondureños ya respiran el descanso de la Semana Santa. Los planes están hechos y una de las opciones es viajar a las playas, ¿pero ya revisó su vehículo, su licencia y sobre todo es de las personas que respetan las leyes de Tránsito?.
Cuando se viaja lo que menos se quiere es que lo detengan en un operativo y le apliquen una infracción, por ello usted debe estar al tanto de cuáles son las faltas que no debe cometer al momento de manejar.
Tome nota y evite una infracción
Faltas graves, artículo 98 de la Ley de Tránsito
Costo a pagar 600 lempiras
98-01: Conducir sin haber obtenido licencia
98-04: No portar placas reglamentarias
98-05: Conducir con exceso de velocidad
98-09: Cruzar o circular sobre las aceras o medidas
98-10: Irrespetar la señal de alto
98-12: Salir del carril o conducir en zigzag
98-19: Desatender las señales o advertencias del policía
98-24: Realizar actividades extras a la conducción (hablar por celular)
98-28: Conducir un vehículo sin luces reglamentarias
98-29: Conducir vehículos diferentes a los permitidos por la licencia (sin es pesada o liviana)
98-34: Permitir que una persona sin licencia conduzca
98-36: Circular en contra vía
98-37: Virajes prohibidos
98-38: Conducir con exceso de pasajeros
Faltas menos graves, artículo 99
Costo a pagar 400 lempiras
99-01: Licencia vencida
99-07: No llevar placas en el lugar correspondiente
99-08: Estacionarse en lugares no permitidos
99-10: Que el bus se desvié de su ruta establecida
99-11: Que los buses bajen o suban pasajeros fuera de la bahía
99-13: Que los buses circulen con las puertas abiertas
99-21: Conducir sin el casco
99-22: Conducir sin cinturón
Faltas Leves, artículo 100
Costo a pagar 300 lempiras
100-01: Conducir con la revisión vencida
100-02: Mal estacionado
100-07: Negarse a recibir la esquela