Tegucigalpa, Honduras.
Los policías que enfrenten procesos disciplinarios, reprueben una de las pruebas de confianza o hayan sido sancionados por faltas graves quedarán excluidos de los procesos de ascensos al grado inmediato superior.
Así lo dispone la nueva Ley de la Carrera Policial que se discute en tercero y último debate en el Congreso Nacional y que se complementa con la recién aprobada Ley Orgánica de la Policía Nacional.
Con esto se pretende poner fin a la promoción de oficiales que, pese a salir aplazados en las pruebas de confianza, tener cuentas pendientes con la justicia o enfrentar investigaciones por vínculos con el crimen organizado, fueron ascendidos y ocuparon altos cargos en la estructura de mando superior e intermedio.
Requisitos
Los artículos 49, 50 y 51 de la nueva normativa de personal define los nuevos requisitos que deberán reunir agentes y oficiales que aspiren a ascender en el estamento policial hondureño.
En lo sucesivo, las promociones y ascensos estarán regulados a través del Manual de Procesos de Ascensos, reglamento e instructivos correspondientes que dejarán elaborados los miembros de la Comisión Especial de Depuración Policial.
La nueva normativa da a conocer que los grados serán otorgados en estricto orden jerárquico, sin obviar ninguno. Los requisitos y procedimientos necesarios para su otorgamiento se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica de la Policía, la presente ley y reglamentos y manuales respectivos.
Las categorías de oficiales subalternos y suboficiales serán otorgados por el Presidente de la república a propuesta del ministro de Seguridad, y los de las categorías de oficiales generales y superiores los aprobará el Congreso Nacional a propuesta del Ejecutivo.
La ley dispone que para optar al grado inmediato superior a través de los procesos de ascenso, los oficiales no deberán tener procesos disciplinarios en curso por faltas graves o muy graves, ni haber sido sancionado el año inmediato anterior ni el año en el cual le corresponde ascenso de grado.
Tienen la misma condición, quienes hayan reprobado al menos una de las pruebas de evaluación de confianza aplicadas durante el período de ascensos.
Consultado al respecto, el ministro de Seguridad, Julián Pacheco Tinoco, confirmó a La Prensa que en adelante el proceso será mucho más riguroso y se concederá con base en resultados en la lucha contra la delincuencia.
Hoja limpia
Omar Rivera, secretario de la Comisión de Depuración, comentó que los que hayan cometido faltas graves y muy graves o los que aún no logran desvanecer denuncias o procesos en ciernes no podrán optar al grado superior hasta que diriman las audiencias de descargo y se les absuelva de los señalamientos en su contra.
Del mismo modo, los que opten al ascenso deberán aprobar todas las pruebas de confianza; entre ellas, la toxicológica, la del polígrafo, psicométrica y patrimonial. “Si falla en algunas de las anteriores no podrá ascender”, enfatizó el depurador.
Por otro lado, informó que la Comisión de Depuración elaborará una propuesta de un nuevo reglamento de ascensos, en los cuales se destacará el desempeño y el cumplimiento de metas en el ejercicio policial.
También se tomará en consideración la obligación de consultar con los órganos contralores del Estado e instituciones operadoras de justicia para determinar si los aspirantes no tienen pliegos de responsabilidades, reparos, juicios o sentencias condenatorias.
Se espera que esta normativa se termine de aprobar la próxima semana.
Los policías que enfrenten procesos disciplinarios, reprueben una de las pruebas de confianza o hayan sido sancionados por faltas graves quedarán excluidos de los procesos de ascensos al grado inmediato superior.
Así lo dispone la nueva Ley de la Carrera Policial que se discute en tercero y último debate en el Congreso Nacional y que se complementa con la recién aprobada Ley Orgánica de la Policía Nacional.
Con esto se pretende poner fin a la promoción de oficiales que, pese a salir aplazados en las pruebas de confianza, tener cuentas pendientes con la justicia o enfrentar investigaciones por vínculos con el crimen organizado, fueron ascendidos y ocuparon altos cargos en la estructura de mando superior e intermedio.
Legislación especial
Los antecedentes de esta ley se dan en la reforma constitucional del 19 de septiembre de 1995.
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Los artículos 49, 50 y 51 de la nueva normativa de personal define los nuevos requisitos que deberán reunir agentes y oficiales que aspiren a ascender en el estamento policial hondureño.
En lo sucesivo, las promociones y ascensos estarán regulados a través del Manual de Procesos de Ascensos, reglamento e instructivos correspondientes que dejarán elaborados los miembros de la Comisión Especial de Depuración Policial.
La nueva normativa da a conocer que los grados serán otorgados en estricto orden jerárquico, sin obviar ninguno. Los requisitos y procedimientos necesarios para su otorgamiento se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica de la Policía, la presente ley y reglamentos y manuales respectivos.
Las categorías de oficiales subalternos y suboficiales serán otorgados por el Presidente de la república a propuesta del ministro de Seguridad, y los de las categorías de oficiales generales y superiores los aprobará el Congreso Nacional a propuesta del Ejecutivo.
La ley dispone que para optar al grado inmediato superior a través de los procesos de ascenso, los oficiales no deberán tener procesos disciplinarios en curso por faltas graves o muy graves, ni haber sido sancionado el año inmediato anterior ni el año en el cual le corresponde ascenso de grado.
Tienen la misma condición, quienes hayan reprobado al menos una de las pruebas de evaluación de confianza aplicadas durante el período de ascensos.
Consultado al respecto, el ministro de Seguridad, Julián Pacheco Tinoco, confirmó a La Prensa que en adelante el proceso será mucho más riguroso y se concederá con base en resultados en la lucha contra la delincuencia.
Hoja limpia
Omar Rivera, secretario de la Comisión de Depuración, comentó que los que hayan cometido faltas graves y muy graves o los que aún no logran desvanecer denuncias o procesos en ciernes no podrán optar al grado superior hasta que diriman las audiencias de descargo y se les absuelva de los señalamientos en su contra.
Del mismo modo, los que opten al ascenso deberán aprobar todas las pruebas de confianza; entre ellas, la toxicológica, la del polígrafo, psicométrica y patrimonial. “Si falla en algunas de las anteriores no podrá ascender”, enfatizó el depurador.
Por otro lado, informó que la Comisión de Depuración elaborará una propuesta de un nuevo reglamento de ascensos, en los cuales se destacará el desempeño y el cumplimiento de metas en el ejercicio policial.
También se tomará en consideración la obligación de consultar con los órganos contralores del Estado e instituciones operadoras de justicia para determinar si los aspirantes no tienen pliegos de responsabilidades, reparos, juicios o sentencias condenatorias.
Se espera que esta normativa se termine de aprobar la próxima semana.